miércoles, 22 de febrero de 2023

REUNIÓN PREVIA Y ASAMBLEA 21 / 2 / 2023


Ayer tuvimos la reunión previa a la asamblea y referéndum del comité.

En ella se consensuó el resumen del preacuerdo que leería el secretario en la asamblea y los días y forma de votar del referéndum.

En cuanto al resumen, se votó una modificación de preacuerdo, que la dirección propuso, no mediante una propuesta al comité, sino en un comunicado a las trabajadoras.

COMUNICADO DEL COMITÉ

Es curioso, que después de lanzar una PROPUESTA DEFINITIVA en la última reunión, modificase cosas de ella a petición del comité en cuestión de horas (no era posible pagar los atrasos a firma a las 9 de la mañana, por falta de caja, pero a las 12 ya sí que había caja para hacerlo).

Pero aún más curioso, es que el día de la asamblea la dirección envié un comunicado a la plantilla en el que proponga maquillar el preacuerdo en el artículo que menos queremos la plantilla.

Y decimos maquillar, porque poca diferencia hay entre la anterior redacción y esta. Y si la hubiese, seria aun peor el asunto, porque significaría que anteriormente se había aceptado algo sin garantías.

Este modus operandi, nos recuerda mucho al referéndum de la negociación anterior y deja muy claro, que, con poca presión, van cambiando las propuestas y, ahora, el preacuerdo.

Estamos ansiosos por ver, si el resultado del referéndum es NO, que artículos mejoran en ese preacuerdo que tan bueno es, según algunas personas.

Se vota la propuesta de la dirección y se acepta por mayoría (UGT-LAB-CCOO).

Nosotras votamos NO, porque no vamos a aceptar que amenace y coaccione a las trabajadoras ENFERMAS con reducir sus salarios, para ceder datos que son estrictamente confidenciales, para conocer que prueba han de realizar y porque ya nos han dejado claro en reunión tras reunión, que van a seguir tirando de TEBEX de la misma forma que han hecho hasta ahora.

Se procede a avisar a la dirección, para que modifique el preacuerdo y se acuerda publicar el preacuerdo modificado “postfirma” para que la plantilla lo conozca antes del referéndum.

Después de esto, se acuerda que el referéndum sea en tres días, que serán el jueves 23, el viernes 24 y el lunes 27.

Se votará en dos lugares, que serán la sala de frio y el botiquín.

El viernes a las 11:00 (salvo cambios que puedan surgir), se llevará una urna a Trápaga, para las trabajadoras de allí que pertenecen a este centro (oficinas).

La pregunta que se hará a la plantilla será “PREACUERDO: SI o NO”.


ASAMBLEA

En la asamblea de ayer se explicó el preacuerdo por parte del secretario del comité y después se realizó un debate en que quedó patente lo siguiente, de las personas que tomaron parte en el:

  • La gente no se cree, que lo que se consigue en varios de los artículos que se modifican sean derechos, sino que mas bien ven una pérdida de derechos. Hablamos de la retirada de complementos económicos en las bajas por enfermedad común, de retraso en el cobro de las pagas extra y de la eliminación del incremento provisional en las tablas a principio de cada año.

  • Por otro lado, se evidencia que los avances conseguidos se quedan muy cortos, con respecto a los derechos que se pierden).

Desde ESK apuntamos, que, como comentamos en la asamblea, no se debe obviar, que en el preacuerdo se niega una reducción de la jornada a toda la plantilla, pero si se les reduciría en 8 horas a las personas que acepten el ACUERDO INDIVIDUAL” de ampliación de la MOVILIDAD.

Esto daría lugar a una “doble escala de jornada”, porque no todas las trabajadoras tenemos la misma facilidad de saber más de un puesto y no sabemos a quienes se les va a “ofertar”, dicho acuerdo. Estamos seguras de que A TODAS LAS TRABAJADORAS NO.

Además, sabemos que anteriormente, la dirección tenia asociaba una reducción de la jornada a una reducción del absentismo por debajo de un 6%.

Entonces, este condicionante parecía horroroso…

Pues ahora, se acepta ese condicionante del 6% para que no esté TEBEX (que vamos a tenerles para rato) y se cambia el condicionante para reducir la jornada a las trabajadoras, de firmar un acuerdo PERSONAL que amplía la movilidad.

¿En serio alguien cree que hemos conseguido algo?

Ambas son sendas PROPUESTAS DE LA EMPRESA, que se han aceptado sin poner ninguna pega por la mayoría del comité.

Nos quedamos con la satisfacción de que hay muchas trabajadoras bien informadas, que saben perfectamente de que va el asunto y que saben perfectamente las consecuencias de aceptar los puntos comentados anteriormente.

No sabemos qué resultado tendrá este referéndum, pero sea el que sea y se firme lo que se firme, lucharemos contra cualquier vulneración de derechos de la trabajadora, aunque esté justificada en la firma de un convenio.

Acabamos con una reflexión de las que nos gustan, no como las de Koldo Lasala, que se repitió varias veces en la asamblea:

La solución no está en firmar y esperar a que la empresa nos joda y luego denunciar. La solución está en luchar para que no se pierdan derechos y no sea necesario denunciar.

¿Alguien se acuerda del “al alza o a la baja” a la hora de ajustar con los IPC nuestros salarios en el convenio anterior?

Nadie pensó, cuando se firmó, que esas palabras iban a generar la retirada del “famoso 1%” de nuestros salarios”, pero ahí, como en este preacuerdo, la empresa nunca mete palabras que después no vaya a usar.

¿Vamos a volver a confiar nuestros derechos a la buena fe de esta empresa?

Nosotras preferimos decirles NO a sus propuestas de precarización de nuestros derechos y ponerles las cosas claras, incluso desde el puente, si no nos quieren oír desde el taller.

CON MI VOTO... NO!!!


martes, 21 de febrero de 2023

KOMUNIKATUA // COMUNICADO

CON MI VOTO… NO!!

Desde la sección sindical ESK os pedimos NO APOYAR EL PREACUERDO que en los próximos días será sometido a referéndum y que deberá ser apoyado por, al menos, el 50% + 1 de la plantilla, para ser válido.

Os animamos a PARTICIPAR de forma masiva en este referéndum y A CONTESTAR LO SIGUIENTE CON VUESTRO VOTO:

CON MI VOTO NO SE RETRASARÁN LAS PAGAS EXTRAORDINARIAS, que llevan cobrándose como actualmente, al menos desde el año 1997. Esta es otra concesión a la empresa, cuya finalidad es tener más tiempo nuestro dinero en su bolsillo y poder descontarnos más fácilmente cuando toque. Es un derecho ganado hace muchos años, que no hay razón alguna para ceder.

CON MI VOTO NO SE REDUCIRÁ LA AYUDA DE ESTUDIOS a aquellas carreras universitarias que no cursen Doctorado o Master.

CON MI VOTO NO SE ELIMINARÁ EL ADELANTO DE SUBIDA SALARIAL a 1 de enero de cada año. Un derecho que llevaba en nuestro convenio como adelanto del IPC previsto primero y como 1% fijo después, desde el año 2001.

CON MI VOTO NO SE JUSTIFICARÁ EL CHANTAJE A LAS PERSONAS ENFERMAS, para que renuncien al derecho fundamental de que los datos de sus enfermedades sean totalmente confidenciales.

CON MI VOTO NO SEGUIRÁ TEBEX EN TRGA. Son los sicarios que la DTRG tiene a sueldo, para velar por sus intereses económicos, sobre el salario de las trabajadoras enfermas. CREEMOS QUE ES MUY GRAVE esto que está haciendo la empresa con las trabajadoras enfermas y creemos que, lejos de asumir ni un ápice de este asunto, deberíamos estar luchando por combatirlo a toda costa.

CON MI VOTO NO SE CEDERÁ UNA VIGENCIA DE 6 AÑOS A LA EMPRESA (la más larga conocida en TRGA), que sumará 11 con los años de ultra-actividad del anterior convenio. Y NO LE QUITARÉ AL PRÓXIMO COMITÉ, LA CAPACIDAD DE NEGOCIAR UN CONVENIO (si al menos fuese el mejor convenio firmado en TR de Amurrio, podríamos llegar a entender una vigencia tan larga, pero no es el caso, ni de lejos).

SE ESTÁN CEDIENDO A LA EMPRESA DERECHOS DE LAS TRABAJADORAS.

El resto del preacuerdo, creemos que sigue siendo insuficiente, porque los avances que contiene, nos parecen escasos.

Hacer fijas a las eventuales que llevaban en la empresa más de una década, es algo que debería haber sido motivo de lucha, SIN CONCESIONES, no un intercambio en la negociación. Nadie tiene derecho a colgarse una medalla por este motivo, porque ESAS TRABAJADORAS DEBEN SER FIJAS POR DERECHO PROPIO.

El contrato de relevo, es algo que se ha realizado en todos los convenios anteriores y en mejores condiciones pactadas para los relevados. ES UN DERECHO QUE SE DEBÍA HABER LUCHADO Y NO HACER DE EL UNA MERCANCÍA.

En lo económico, únicamente os recordamos los siguientes datos:

CONVENIO 2005-2008:

2005 IPC + 0,75%

2006 IPC + 0,55%

2007 IPC + 0,50%

2008 IPC + 0,40%

MEDIA POR AÑO: IPC + 0,55%

CONVENIO 2009-2011:

2009 IPC + 0.6%

2010 IPC + 1%

2011 IPC + 1%

MEDIA POR AÑO: IPC + 0,86%

CONVENIO 2012-2016:

2012 IPC + 1%

2013 IPC + 0,8%

2014 IPC + 0,8%

2015 IPC + 0,8%

2016 IPC + 0,8%

MEDIA POR AÑO: IPC + 0,84%

AUMENTO SALARIAL PROMEDIO DE LOS TRES ÚLTIMOS CONVENIOS: IPC + 0,75%

Sumando lo firmado en los años de atrasos, más lo que se ha firmado en el preacuerdo, este convenio de 11 años que abarcaría el período 2017-2027, tendría una subida promedia por año, en el mejor de los casos (suponiendo que los IPCs de 2025 a 2027 fuesen los tres inferiores al 1,3%), de IPC + 0,16 % y, en el peor de ellos (IPCs iguales o superiores a un 2%), el IPC A SECAS.

Cada cual que saque sus cuentas, de si se ha negociado a la baja o no y si ve compensados los años de ERTEs y congelación salarial sufridos durante 5 años.

NOSOTRAS LO TENEMOS CLARO: NOS ROBAN Y, AL DIA SIGUIENTE, LES VOLVEMOS A OFRECER LA CARTERA

Estamos en un momento en el que la empresa está a rebosar de trabajo y se prevén buenos resultados del 2022. Resultados, que quieren publicar con el convenio ya firmado, no vaya a ser que este preacuerdo se quede todavía más insuficiente de lo que ya lo es a día de hoy.

Creemos que, después de tantos años de tragar la mierda en que nos metía la empresa, ahora que podemos, deberíamos haber negociado con mucha más exigencia y con menos prisas, porque, al final, a la vista está que nos hemos pasado de frenada.

OS VAMOS A PEDIR UN NO ROTUNDO. PORQUE PODEMOS Y DEBEMOS DAR MARCHA ATRÁS, RETIRAR TODA PÉRDIDA DE DERECHOS DE LA NEGOCIACIÓN Y MEJORAR EL RESTO CON LA EXIGENCIA QUE MERECE.

LOS RESULTADOS DE LA ANTERIOR ASAMBLÉA NO ESTAN REFLEJADOS EN ESTE PREACUERDO. NO ES LO PEDIMOS COMO PLANTILLA. PEDIMOS LUCHAR POR ALGO MEJOR.

OS PEDIMOS, QUE NO JUSTIFIQUEIS CON VUESTRO VOTO EL DESPROPOSITO DE ESTE PREACUERDO.

OS ANIMAMOS A DECIR ALTO Y CLARO: CON MI VOTO NO.




jueves, 16 de febrero de 2023

¿POR QUE ESK NO HA FIRMADO EL PREACUERDO DEL CONVENIO?


En esta publicación, queremos haceros un desgrane del PREACUERDO firmado el 14 de febrero por la DTRG y la mayoría del comité de empresa.

Todo ello, lo haremos desde el enfoque y la opinión, que hemos mantenido a lo largo de toda esta negociación y tratando que se entienda el POR QUÉ ESK NO HA FIRMADO.

 

ART. 1º AMBITO FUNCIONAL

Se asume el marco regulador del convenio del metal de Araba, el Estatuto de los y las Trabajadoras y La Ley Orgánica de Libertad Sindical y demás legislación vigente, para lo no regulado en nuestro convenio.

Es algo que debería estar asumido sin siquiera estar escrito. No sería la primera vez, que se usa desde ambas partes el Estatuto, para hacer prevalecer derechos y normativa que no figuran en el convenio. Es de lógica, que antes de ir al Estatuto, miremos el convenio de Araba en las cosas que nuestro convenio no recoge.

Nunca debería empeorar nuestras condiciones y solo debería recurrirse a un convenio de eficacia superior, para mejorar y complementar los derechos del nuestro.

ESTAMOS DE ACUERDO.

 

ART. 4º AMBITO TEMPORAL

Se fija la vigencia del convenio en 6 años: 2022 al 2027.

Si, además, tenemos en cuenta que el anterior convenio caducó a finales del 2016. Este convenio cerraría en 2027 un período de 11 años. Esto si sería algo histórico.

Es la vigencia más larga recordada y, si sería con un acuerdo excelente, podría entenderse, pero más abajo comentaremos por qué no nos lo parece ni de lejos.

Las trabajadoras eventuales de 2024, obtienen aquí una garantía de entrar fijas, por orden de antigüedad, antes de la finalización de la vigencia, esto lo valoramos como positivo, pero entendemos que, a lo largo de 6 años de vigencia, tampoco es un esfuerzo para la dirección aplicar el contrato de relevo a 26 personas.

Esto debería haberse sacado en la negociación del BLOQUE 1, en el puente y sin perder efectividad en la fórmula de limitación de la eventualidad.

NO ESTAMOS DE ACUERDO.

 

ART. 9º PRINCIPIO GENERAL

El llamado BLOQUE 1, cuando la negociación por bloques era la mejor forma de negociar del mundo.

Aquí se consiguió que 5 eventuales de 2010 entrasen, después de llevar 12 años trabajando con contratos precarios en TRI-TRG.

También se consiguió, que las eventuales de 2011 y 2012 tuviesen la garantía de entrar fijas a la firma del convenio. Son 17 personas que este año, llevan ya entre 12 y 11 años trabajando con contratos precarios.

Se acordó también, la activación de un contrato de relevo o la sustitución de aquellas personas que, cumpliendo las condiciones de aplicación del contrato de relevo, se fuesen de otra manera por las circunstancias que fuera.

Esto nos parece un esfuerzo muy flojo para la dirección, porque ellos tienen que sustituir a la plantilla fija cuando se jubila, ya que no se permite por ley mantener puestos con plantilla eventual más de 18 meses en 2 años y van a terminar necesitándolo (pero les sale mejor venderlo, lógicamente).

Además, es un contrato de relevo “pelao”, que no contienen ninguna de las mejoras que se negociaron en otros contratos de relevo que hemos tenido en TRG.

Y llegamos a la parte que menos nos gusta, porque para llegar a un acuerdo en este asunto, nosotras entendíamos que lo que se trataba de solucionar aquí era una TOTAL INJUSTICIA de más de una década contra nuestras compañera eventuales y veteranas y no había que realizar ninguna cesión de derechos, ya que todo lo anterior y algo más, se podía luchar en el puente.

El resultado no fue ese y se terminó cediendo una ampliación del límite de contrataciones eventuales anuales en fábrica, eliminado las contrataciones de sustitución por circunstancias de la producción.

Antes de la reforma, el Tribunal Supremo había invalidado la interinidad o las circunstancias de la producción, como causas de contratación para sustituir trabajadoras en vacaciones*.

La reforma laboral solucionó este asunto a la patronal, legislando la cobertura de vacaciones dentro de las causas posibles para la contratación eventual por circunstancias de la producción (ahora llamada “por causas previsibles o imprevisibles”).

* Lectura adicional: https://labur.eus/Z4MQH

Por este motivo, la dirección ha sabido sacar partido a la reforma y a la negociación del Bloque 1, eliminando estas contrataciones de la fórmula de eventualidad, eliminado unos cuantos contratos al año, que les permitirá estar más lejos del 7% en el que está fijado el límite, a partir del cual deberían hacer contrataciones indefinidas.

NO ESTAMOS DE ACUERDO.

 

ART. 10° SALARIO DE CALIFICACIÓN

En el preacuerdo, se ha fijado la subida de los 6 años de vigencia en 3 años con el IPC “pelao” y otros 3 con un diferencial sobre el IPC, que varía del 0,6% al 0% según el valor del IPC sea mayor o menor.

Primeramente, decir, que el hecho de que el diferencial que mejora la subida sobre el IPC, sea menor cuanto más alto sea el IPC, es algo que beneficia únicamente a la empresa, dado que cuanto más alto sea el IPC, es porque más altos han sido los precios de todo y más “retocado” a la baja estará después ese índice tan sobreestimado en cuanto al mantenimiento del poder adquisitivo.

El ejemplo lo vemos en el año 2022, donde la inflación media estaría realmente por encima de un 8%, habiendo llegado dos meses a superar incluso el 10%, mientras que el IPC anual, el que nos quieren aplicar en los salarios, ha quedado en un 5,4%. Echad cuentas…

El preacuerdo, sitúa las subidas salariales de los 6 años, con una media de IPC + 0,3% en el mejor de los casos (IPCs por debajo de un 1,3%) y del IPC a secas en el peor de los casos (IPCs iguales o superiores a un 2%).

Nos parece muy insuficiente, después de haber cerrado los 5 años de atrasos únicamente con los IPC.

5 años de congelación salarial y ERTEs, un pago de atrasos que no los compensó y, ahora, un convenio de 6 años de vigencia, con las subidas más pobres de los últimos 20 años.

Además, se modifica la tabla de la paga por AUTOFINANCIACIÓN (beneficios) y se nos abonará la cantidad correspondiente de la misma tabla, pero ahora dependiendo del EBITDA.

Todavía no hemos podido valorar este cambio, pero siendo una propuesta de la DTRG, mucho nos tememos que no será ninguna mejora.

Además, en nuestro convenio actual, teníamos una clausula dentro de este artículo, que obligaba a la empresa a adelantarnos un 1% de subida salarial teórica todos los años (en convenios anteriores era un adelanto del IPC previsto por el gobierno), que en el preacuerdo se ELIMINA.

Es un derecho que perderíamos.

Este preacuerdo nos parece insuficiente y creemos que nos hace perder, más que ganar.

En estos términos NO ESTAMOS DE ACUERDO EN ESTE PUNTO.

ART. 14°.1 GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS

En Tubos Reunidos, se consiguió en su día, que las pagas se adelantasen, para cobrarlas tal y como hoy día las cobramos.

En el preacuerdo este derecho del adelantamiento de las pagas, con una visión de cobrarlas en su año y cuando las trabajadoras más las pueden necesitar, se modifica para ceder, una vez más, un derecho para mejorar las cuentas de la empresa y que a ellos les resulte más cómodo calcular los descuentos que tengan que realizarnos (ERTEs, huelgas, complementos de las bajas por enfermedad común, etc…).

NO ESTAMOS DE ACUERDO.

 

ART. 15°.3 AYUDA DE ESTUDIOS

Aquí, el preacuerdo baja un peldaño a las personas universitarias que no cursen DOCTORADO o MASTER, en cuanto a la cantidad de ayuda a recibir.

Esto antes no era así y la dirección, lo que intenta, es aprovechar la excusa de las reformas educativas, para pagar menos ayuda de estudios a muchas trabajadoras e hijas e hijos de trabajadoras, que seguirán pagando las tasas universitarias, pero con una menor ayuda de estudios por convenio.

NO ESTAMOS DE ACUERDO.

 

ART. 16°.2 PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD TEMPORAL

Poco podemos decir del asunto de la retirada de complementos a las trabajadoras enfermas, que no hayamos dicho ya.

El preacuerdo NORMALIZA la obligatoriedad de someternos al adelantamiento de pruebas que, aun siendo las que propone Osakidetza, se harán donde el servicio médico o TEBEX nos digan.

Para ello, tendremos que acudir a las citas, como hasta ahora, y dar datos de nuestra enfermedad que no les corresponde saber por ley. No vemos otra forma de que puedan saber que prueba te tienen que adelantar y si van a hacerse cargo de la misma, porque… no lo olvidemos, nos adelantaran las pruebas que les dé la gana, porque esto será una obligación para nosotras, pero no para ellas.

En la actualidad TEBEX, está citando a las trabajadoras enfermas mediante llamadas, SMS certificados y burofaxes, pidiéndoles informes y requiriéndoles se sometan a exploraciones durante la consulta. Esta práctica ya es un asalto a nuestros derechos y el propio comité, por unanimidad, se posicionó totalmente en contra de la misma cuando TEBEX irrumpió en TRG.

Ahora, según palabras de la propia dirección, TEBEX seguirá realizando este trabajo como hasta ahora, pero, además, si se aprueba este preacuerdo, tendrán el beneplácito del convenio para quitarnos los complementos (complemento al salario y pagas extras), en caso de que nos neguemos a “que nos adelanten las pruebas”.

Nosotras no ganamos derechos, los gana la empresa sobre nuestras bajas por enfermedad y, ya veremos que hace la empresa con la información y el poder que gana sobre ellas.

Que este trabajo sucio lo haga TEBEX o el Medico de Empresa, poco cambia el problema que nos genera este asunto a las trabajadoras.

Todas las secciones sindicales aceptamos hace una semana (8/2/2023), que se eliminase este artículo de la negociación a proposición de varias secciones sindicales, poniendo en valor los resultados de la votación de la asamblea de trabajadoras, pero ahora se ha aceptado y firmado por la mayoria nuevamente, esta modificación del artículo 16.2 en el preacuerdo.

Por resumir nuestra postura, desde nuestro punto de vista, esto es algo que los sindicatos debemos COMBATIR, no incentivar.

NO ESTAMOS DE ACUERDO.

 

ART. 18º JORNADA

El preacuerdo vuelve a dejar la jornada igual que ha estado los últimos 15 años: 1664 horas.

Cuando finalice el convenio, en el año 2027, seguiremos con la misma jornada, lo que hará un total de 19 años sin que bajemos en una sola hora nuestra jornada anual.

Sí que se consigue, que tengamos un mínimo de 3 días de libre disposición por calendario o 5 en los calendarios que lo permitan y que la jornada diaria, cuando se efectúan puestas en marcha o cierres de instalación, sea de 12 horas, además de reconocer el derecho a acogerse a una reducción de la jornada por guarda legal por días completos.

Ciertamente existen 3 mejoras claras en este artículo, pero no podemos estar conformes con mantener otros 6 años la jornada actual.

Nos parece insuficiente, después de tantos años esperando mejoras en este sentido.

NO ESTAMOS DE ACUERDO.

 

ART. 19° CALANDARIOS Y HORARIOS

Este preacuerdo consigue dar flexibilidad de entradas y salidas al personal que trabaja a jornada partida, a la vez que les da la oportunidad de trabajar 30 minutos diarios más de lunes a jueves, para poder trabajar solo 6 horas de manera continuada los viernes y librar las tardes de dicho día.

Aquí nos faltan cosas, como la posibilidad de que el personal a jornada partida pueda optar por un calendario de jornada continuada de 7:00 a 15:00, algo que muchas trabajadoras en este régimen horario estaban reclamando.

Aun así, no vemos problema en lo aceptado en este artículo.

ESTAMOS DE ACUERDO.

 

ART. 19° BIS TELETRABAJO

Se comprometen a implantar el teletrabajo en TRGA “cuando dispongan de las herramientas digitales que permitan su gestión y siempre de acuerdo con la normativa vigente”.

No vemos ningún esfuerzo por parte de la dirección en este asunto y no vemos herramienta alguna que haga a la parte de la representación de las trabajadoras, poder ejercer un control y vigilancia muy necesarias en estos asuntos (se eliminó este asunto durante la negociación).

NO ESTAMOS DE ACUERDO.

 

ART. 35° TRASLADOS PROVISIONALES

Se consigue eliminar los exámenes para la obtención del nivel de cobro y la condición de suplente de un puesto ocupado durante un año en un periodo entre 1 y 3 años, únicamente para los puestos con grupos 10 o inferiores.

Esto si es un avance.

En el caso de la parte que se refiere al supuesto de ocupación del puesto de una trabajadora cuando se la mueve a otro puesto, la dirección cambió sus pretensiones de hacerlo de manera forzada en la última reunión (mejorando la propuesta del comité) y lo sustituyó por un acuerdo individual que puede romperse cuando la trabajadora lo decida y que vendría recompensado por un número de horas de libre disposición, de hasta 8 por cada año que se valide ese acuerdo personal (si fuese por menos de un año, se computarían las horas proporcionales al periodo de duración del acuerdo).

En este caso vemos un cambio positivo del planteamiento de la dirección, porque no eliminan la Comisión de Organización de Trabajo y ese muro que tenemos por convenio y siguen dejando como voluntario, someterse a este grado de movilidad y de suplantación durante la misma.

Teniendo en cuenta lo que se quería implantar (aceptado por la mayoría del comité) con esto PODRIAMOS ESTAR DE ACUERDO, si el resto del preacuerdo fuese mejor.

 

ART. 44° PERMISOS NO RETRIBUIDOS

ESTAMOS DE ACUERDO en tener derecho a poder pedir días no remunerados, cuando no tengamos días de libre disposición o licencias retribuidas que nos amparen, pero no vemos un gran logro el hecho de que se nos permita faltar al trabajo sin cobrar.

 

ART. 45° LICENCIAS RETRIBUIDAS

Este es otro de los puntos tan necesarios para las trabajadoras: tener horas y días REMUNERADAS para cubrir necesidades BASICAS como acompañar familiares al médico, a urgencias, a operaciones de día, pruebas con sedación, etc…

Vemos que todas nuestras peticiones se han quedado en 8 horas AL AÑO para acompañar a hijos, hijas y/o familiares dependientes a nuestro cargo A CONSULTA MÉDICA y vemos que se nos queda MUY CORTO lo que se consigue en este artículo.

NO ESTAMOS DE ACUERO.

 

ART. 46° EXCEDENCIAS VOLUNTARIAS

Se establece el tiempo mínimo para este tipo de excedencias en 1 mes y el máximo en 1 año.

Nos parece un avance, aunque no un gran avance.

ESTAMOS DE ACUERDO.

 

ART. 46°BIS PERMISO PARCIALMENTE RETRIBUIDO

Se aumentan las facilidades para el acceso a este permiso: Todas las personas fijas (antes hacían falta 10 años de antigüedad), en un total de 6 de manera simultánea (antes 5) y no siendo más de 3 por departamento (antes 2).

Además, se podrá solicitar cada 3 años.

Nos parece un buen avance.

ESTAMOS DE ACUERDO.

 

ART. 78º SEGURIDAD Y PREVENCIÓN

Se introduce lo legislado en esta materia en el convenio del metal de Araba (art.52) y, para lo no pactado, lo que figure en el convenio estatal y en el estatuto de las trabajadoras.

Podemos estar de acuerdo en introducir el convenio del metal de Araba, pero nos parece excesivo que se dé la posibilidad de echar mano también del convenio estatal.

NO ESTAMOS DE ACUERDO.

 

ART. 79º NO DISCRIMINACIÓN

Se conceden los mismos derechos que ya tenían las trabajadoras casadas o pareja de hecho a las personas que acrediten convivencia en pareja.

Los requisitos serían una declaración jurada ante notario y un empadronamiento mínimo de 6 meses en el domicilio donde se acredite dicha convivencia.

ESTAMOS DE ACUERDO.

 

ART. 81° SUBROGACIÓN

Se añade la redacción del convenio del metal de Araba en esta materia.

Creemos que con aceptar en el artículo 1º, que lo no expresamente pactado en este convenio se regule mediante el convenio del metal de Araba, esto estaría cubierto sin necesidad de añadirlo.

No es ningún logro, pero ESTAMOS DE ACUERDO.

 

En cuanto a incluir en el convenio las sentencias firmes que se están aplicando a día de hoy en la empresa, nos parece bien, pero tampoco lo vemos como un logro, por razones obvias.

No se han intentado mantener asuntos como las horas de libre disposición por noches metidas, la eliminación de los exámenes para la adjudicación de vacantes, la mejora del sistema de valoración de puestos, el control de los informes negativos de las eventuales, el cobro del 1% que nos quitaron en su día (pudimos recuperarlo en la plataforma después de la votación en asamblea, pero no se hizo), etc... 

En resumen, la sección sindical ESK de TRGA, NI FIRMAMOS, NI AVALAMOS este PREACUERDO, por ser INSUFICIENTE (una vez más nos quieren quitar la posibilidad de luchar por más) y por implicar PERDIDAS DE DERECHOS:

  • Dando más ventaja a la empresa empeorando la fórmula de la limitación de la eventualidad.

  • Eliminando el adelanto en enero del 1% provisional de subida en las tablas salariales.

  • Empeorando las percepciones por Ayuda de Estudios de un colectivo.

  • Y, lo que para nosotras es lo más grave, dando MAYOR POTESTAD A LA EMPRESA PARA CHANTAJEARNOS con los complementos económicos cuando estemos de baja por enfermedad común, SIN ECHAR A TEBEX y pasándose nuestro derecho a la INTIMIDAD y a la CONFIDENCIALIDAD de nuestros datos médicos, POR EL ARCO DEL TRIUNFO.


POR TODO ESTO, ESK NO HA FIRMADO EL PREACUERDO Y OS PEDIREMOS EL NO EN EL REFERÉNDUM.

DESPUÉS DEL NO, NO ESTÁ EL ABISMO, ESTÁ LA POSIBILIDAD DE DAR MARCHA ATRÁS EN LAS PERDIDAS DE DERECHOS Y CONSEGUIR UN MEJOR ACUERDO, LUCHANDO SI ES NECESARIO.



miércoles, 15 de febrero de 2023

NEGOCIACION DEL CONVENIO: REUNION DE 14 DE FEBRERO DE 2023

 

Comienza la reunión con la lectura y aprobación del acta de la reunión anterior.

La dirección ya había recibido la propuesta que se aprobó por mayoría (UGT-LAB-CCOO) el lunes 13 de febrero:

PROPUESTA COMITÉ 13 /2 / 2023

Habiéndola valorado y viendo que está ya muy cerca de la de la dirección, la DTRG nos entrega una propuesta que dice es DEFINITIVA.

PROPUESTA DEFINITIVA DTRG 14 / 2/ 2023

Vemos en dicha propuesta varios cambios. Uno de ellos nos sorprende bastante:

En el ART. 10 POLITICA SALARIAL, especifica que los atrasos de 2022 se cobrarían en enero de 2024. Dicen que pagarlos este año a la firma del convenio, les causaría una salida de caja no asumible.

En el ART. 16.2 PRESTACIONES POR IT (complementos económicos durante las bajas), añaden que “los datos de estas pruebas serán gestionados única y exclusivamente por servicios sanitarios (no dice cuales), con el deber de sigilo y confidencialidad, que les exige la legislación vigente”.

Nos causa asombro este añadido al texto, ya que parece darse a entender, que en propuestas anteriores no contemplaban hacerlo de esa manera...

Dicen que son pocos los casos de las personas que se han negado al adelantamiento de pruebas el año pasado.

Nosotras les preguntamos si se va a adelantar las pruebas a todo el que lo solicite o si solo se van a adelantar las que les dé la gana a ellos y contestan que todas no se puede, que solo las que ellos decidan.

También les preguntamos si se va a quitar el complemento solo a las personas a las que se nieguen al adelantamiento de pruebas o si se va a seguir obrando como actualmente lo está haciendo TEBEX: haciendo acudir a las trabajadoras regularmente a citas, pidiéndoles los informes médicos y resultados de las pruebas, para después llamarles desde Recursos Humanos diciéndoles que, si no colaboran, se les quitan los complementos económicos (chantaje es el nombre que nosotras le ponemos a esto).

Nos contestan que TEBEX es una cosa y el adelantamiento de pruebas es otra cosa distinta.

Les preguntamos, en ese caso, que, si las citas con la trabajadora de baja son únicamente con TEBEX, quien va entonces a recomendar a la trabajadora el adelantamiento de pruebas.

Nos dicen que no entienden a donde queremos llegar. Nosotras pensamos que no entienden lo que no quieren entender, porque la respuesta que nosotras vemos, es una sola:

TEBEX (u otro médico DE LA EMPRESA, en caso de que el absentismo baje del 6%), nos va a seguir citando y pidiendo información que no les corresponde y, en caso de que colaboremos, nos recomendará adelantos de pruebas, pero SOLO en el caso de que se lo permita económicamente LA EMPRESA. Y si no colaboramos, porque no queremos que manejen y tengan en su propiedad datos confidenciales nuestros, que no les corresponden legalmente, NOS QUITARAN LOS COMPLEMENTOS ECONOMICOS DURANTE NUESTRA BAJA POR ENFERMENDAD COMUN.

Seguimos viendo una vulneración de derechos fundamentales de las personas trabajadoras, que, se firmen o no en convenio, va en contra de la cacareada numerosas veces por la empresa, Ley de Protección de Datos.

En el ART. 18 JORNANDA dejan de lado la vinculación del absentismo a la reducción de la jornada, para dejarla congelada en las horas actuales durante toda la vigencia del convenio (hasta 2027).

Teniendo en cuenta que se está pidiendo una vigencia de 6 años para este convenio y que la jornada lleva sin verse reducida desde el año 2008, estaríamos hablando ya de 19 años sin que la jornada se vea reducida en una sola hora en TRGA.

En el ART. 35 TRASLADOS PROVISIONALES (Movilidad), vemos la gran sorpresa del día. La dirección elimina su cambio en la redacción del párrafo 4º, en la que pretendía hacer obligatoria la cesión de ocupar el puesto de una trabajadora durante un traslado, para dejar dicho párrafo tal y como está.

En su lugar, propone que esta situación de ampliación de la movilidad, deba ser aceptada de manera voluntaria y por escrito por la persona y que la persona pueda romper dicha situación cuando lo desee. A cambio, ofrecen 8 horas de libre disposición en caso de que el acuerdo dure 1 año y la parte proporcional en caso de que el acuerdo dure menos.

Es una sorpresa, sobre todo, porque esta propuesta ha llegado unilateralmente desde la dirección, dado que el comité, por mayoría, había aceptado la obligatoriedad de dicho aumento de la movilidad (siempre que fuese para sustituir a otras trabajadoras).

Vemos este cambio como un avance y como un logro de la votación de la última asamblea, ya que la plantilla dijo NO a dicha ampliación de la movilidad. Este logro, por tanto, nos parece únicamente atribuible a la plantilla de TRGA.

Es una lástima, que la dirección no escuchase a la plantilla, en el otro NO al asunto de las bajas por enfermedad…

Explicados los cambios respecto a la propuesta anterior, el comité solicita un receso y, a la vuelta, UGT trae una propuesta, que modificaría la propuesta de la dirección (no la del comité).

PROPUESTA DE UGT 14 / 2 / 2023

En ella se modifica lo siguiente:

POLITICA SALARIAL:

  • 2022 / 2023 / 2024:

    SOLO EL IPC

  • 2025 / 2026 / 2027:

    - IPC + 0,6% (si IPC es menor de 1,3%)
    - IPC + 0,3% (si IPC es mayor o igual de 1,3% y menor de 2%)
    - SOLO EL IPC (si IPC es mayor o igual a 2%)

Y que se cobren los atrasos del año 2022 a la firma del convenio.

TRASLADOS PROVISIONALES:

Añadir: Manteniendo la estructura del relevo en cuanto número de personas.

LICENCIAS RETRIBUIDAS:

Quitar el primer párrafo, que proponía eliminar del convenio la licencia retribuida por alumbramiento de la esposa o pareja (mantener dicha licencia).


Se procede a votar las propuestas:

ELA – NO a la propuesta de dirección y a la de UGT.

UGT – SI a la propuesta de la DTRG con las modificaciones de UGT.

LAB – SI a la propuesta de la DTRG con las modificaciones de UGT.

ESK – NO a la propuesta de dirección y a la de UGT.

CCOO – SI a la propuesta de la DTRG con las modificaciones de UGT.

Se aprueba por mayoría entregar a la DTRG las modificaciones.

PROPUESTA COMITÉ MODIFICACIONES A PROPUESTA DTRG


Se llama a la dirección y se le entrega la propuesta.

La dirección pide un receso.

A la vuelta, la dirección trae ya un PREACUERDO preparado con todas las modificaciones propuestas por UGT realizadas en su propuesta DEFINITIVA, que parece que no era realmente tan definitiva, como aseguraban unas horas antes.

PREACUERDO COMITÉ -DTRG

Viendo la propuesta, parece ser que la dirección ha hecho cálculos y ahora si les viene bien hacer el pago de atrasos de 2022 a la firma del convenio y no en 2024. La caja de TRG, como la bolsa, parece que sube o baja a cada hora que pasa.

La dirección añade, que al final del PREACUERDO, han introducido la cláusula de que deberá ser refrendado por la plantilla.

Se procede a la firma.

FIRMAN: La DTRG, UGT, LAB y CCOO.

NO FIRMAMOS: ESK y ELA.

Una vez finalizada la reunión, se fija una fecha para una ASAMBLEA INFORMATIVA, que será el MARTES 21 DE FEBRERO (el martes que viene) a las 15:30.

Ese mismo día, se fijarán los días en los que se efectuará el REFERENDUM sobre la aceptación o no de este PREACUERDO por parte de la plantilla.

Desde la sección sindical LAB, se propone dejar claro en los carteles para la asamblea y al inicio de la misma, que, ante cualquier falta de respeto sobre cualquier asistente a la misma, se suspenderá la asamblea.

Desde la sección sindical ESK, os pedimos, que para que la asamblea sea productiva y podamos informarnos todas y mantener un buen debate, se conserven las formas y se respete a todas las asistentes.

Ongi izan.


lunes, 13 de febrero de 2023

PLAN DE IGUALDAD Y PREVIA COMITÉ: NEGOCIACIÓN DE CONVENIO (13-2-2023)

PLAN DE IGUALDAD

Antes de la reunión previa de negociación, os comunicamos que ha tenido lugar la reunión final del proceso de negociación del Plan de Igualdad.

Esta negociación ha finalizado SIN ACUERDO y la parte social ha entregado sus alegaciones, que no son sino las continuas reivindicaciones realizadas desde esta parte a lo largo de toda la negociación, que han sido rechazadas por activa y por pasiva desde la parte empresarial.

En resumen, son la negativa ROTUNDA de la DTRG a entregarnos la auditoria e información retributiva de los y las Fuera de Convenio que, por el contrario, si nos da en el caso de los y las Dentro de Convenio.  No es posible cotejar la información de un colectivo sin la información completa, así como también resulta imposible verificar si existe discriminación salarial por cuestión de sexo y/o género en el colectivo FC.

Esto nos lleva a no aceptar el diagnostico como bueno, porque no tenemos forma de comprobar su veracidad.

Además, desde la parte social se entregaron una batería de medidas MUY CONCRETAS para llevar a cabo en este plan de igualdad, que fueron negadas, según la DTRG, por estar ligadas al ámbito de negociación del convenio (no es cierto, pues en el plan de igualdad se pueden negociar todas las mejoras necesarias, siempre que sean en cuestión de igualdad de género).

El resultado, es el plan que nos han traído a firmar, realizado en base a un diagnostico en cuya elaboración no hemos participado y que es opaco respecto a un colectivo de fábrica, con unas medidas muy generalistas y difusas, que se pretenden concretar una vez firmado el plan…

¿Firmaríais un convenio con derechos a concretar después de la firma?
Nosotras desde luego NO.

No hemos visto una disposición a realizar un plan transparente y con garantías ni una disposición a tomar medidas de gran calado, que puedan solucionar los problemas de igualdad de género y reducir la brecha salarial.

La dirección ha dicho que, como no se firma con acuerdo, no se harán efectivas las comisiones de trabajo que se habían planteado y que lo aplicaran todo de manera unilateral, algo que lo tenemos que consultar, porque nos parece que no es así

De todas formas, desde el inicio hasta el final de la negociación, hemos tenido la sensación, de que con acuerdo o sin él, la unilateralidad iba a ser prácticamente la misma, ya que solo nos querían para firmar actas y cumplir expediente.

A partir de aquí, solo nos queda seguir luchando desde la parte social, utilizando todas las herramientas legales y/o sindicales que estén a nuestro alcance, para seguir avanzando hacia una igualdad real y no lo que la DTRG entiende por ello.


PREVIA DEL COMITE: NEGOCIACIÓN 

Acabada la reunión del Plan de Igualdad, ha tenido lugar la previa de negociación del convenio.

En ella UGT ha entregado una nueva propuesta al comité, en la que se variaba la propuesta salarial de la última propuesta del comité.

PROPUESTA DE UGT

En resumen, se saca el año 2024 del grupo de años en los que se suplementaba el IPC con unos diferenciales variables (ahora estos solo serían 2020/2026/2027) y se mete en un grupo de 3 años que se cobraría únicamente los IPC.

El resto, nos dicen que sería lo mismo que en la última propuesta del comité.

Se pasa a votar la propuesta:

ELA – NO

UGT – SI

LAB – SI

ESK – NO

CCOO – SI

Queda aceptada la propuesta de UGT por mayoría (11 votos contra 10) y se decide redactarla y entregarla hoy mismo a la dirección.

La modificación sería la siguiente:


PROPUESTA ANTERIOR:

Años 2022 / 2023:

IPC DELA CAPV

Años 2024 / 2025 / 2026 / 2027:  

SI IPC < 1,2% :::: IPC CAPV + 0,4%

SI IPC > o = 1,3% y < 2% :::: IPC + 0,2%

SI IPC > o = 2% :::: IPC CAPV

 

PROPUESTA DE HOY:

Años 2022 / 2023 / 2024:

IPC DELA CAPV

Años 2025 / 2026 / 2027:

SI IPC < 1,2% :::: IPC CAPV + 0,4%

SI IPC > o = 1,3% y < 2% :::: IPC + 0,2%

SI IPC > o = 2% :::: IPC CAPV


Mañana 14 de febrero de 2023, tendremos reunión de negociación con la DTRG y os seguiremos informando.


jueves, 9 de febrero de 2023

NEGOCIACION DEL CONVENIO: REUNION DE 9 DE FEBRERO DE 2023

 

Comienza la reunión y se nos pide que comuniquemos la postura de la sección sindical ESK, sobre las distintas propuestas que están sobre la mesa de negociación.

Procedemos a comunicar el resultado de la asamblea:

PROPUESTA DE CCOO:

Estamos de acuerdo en “retirar de la propuesta de la mesa negociadora el artículo 16.2 (Prestaciones/Complementos por Incapacidad Temporal) para dejar este artículo como está redactado actualmente en nuestro convenio”.

Estamos también de acuerdo con proponer el “abono de los atrasos correspondientes del año 2022 con la nómina del siguiente mes, a la firma del convenio”.

PROPUESTA DE UGT:

No estamos de acuerdo con la propuesta de UGT.

La propuesta salarial nos parece insuficiente y en cuanto a la referente al artículo 35 (Traslados Provisionales / Movilidad), seguimos sin estar de acuerdo con la modificación del párrafo 4º de este artículo*.

  * La eliminación de la barrera de la Comisión de Organización del trabajo, que debe tomar una decisión en 2 días y que da al trabajador la opción de negarse con garantías a que se ocupe su puesto de manera forzada.

Es algo en lo que Koldo Lasala pone mucho énfasis en cuanto a los intereses de la empresa y que critica duramente, denominándolo “puestos en propiedad”. Según el, eso se debe acabar en Tubos Reunidos de Amurrio.

PROPUESTA COMITÉ:

No estamos de acuerdo con la propuesta del COMITÉ.

Nos sigue pareciendo insuficiente y, como ya hemos explicado, no vamos a estar nunca de acuerdo con la modificación del párrafo 4º que se presenta en la misma a instancias de la plataforma de la empresa y lo que ello implica en cuestión de ampliación de la movilidad.

PROPUESTA ELA:

En nuestra asamblea, junto al resto de propuestas, presentamos un borrador de propuesta que modificaba la propuesta de ESK del 3 de enero de 2023.

Se sometió a votación junto al resto de propuestas de plataforma de negociación y, por mayoría, se tomó la decisión de desechar la presentación de nuestro borrador y tomar la siguiente decisión:

Apoyamos la propuesta de ELA del pasado jueves 2 de febrero y nos adherimos a ella, tanto en sus peticiones, como en la propuesta de paros.

 

Acabada nuestra exposición. Se procede a llamar a la dirección.

 

Con la dirección ya presente, se procede a la lectura y aprobación del acta anterior.

A continuación, desde UGT, se pregunta por qué en la propuesta de la DTRG se sustituye el contenido del artículo 10 (Salarios), que figura actualmente en el convenio, a partir del párrafo que comienza: “Las retribuciones de cada año…”; por la redacción de la plataforma de la DTRG.

La dirección contesta que sí. Dicen que cambian TRI por TRG y que modifican AUTOFINANCIACIÓN por EBITDA en el abono por resultados.

Nosotras les preguntamos si su propuesta implicaría también eliminar el adelanto de subida en tablas del 1% de IPC teórico a principio de año y contestan que SI.

En resumen, a ESK nos parece que intentan cambiar la autofinanciación, por un coeficiente más favorable para ellos, en la tabla de abono según resultados (anteriormente llamada “paga por beneficios”).

También vemos que quieren eliminar otro derecho que figuraba en nuestro convenio, que supone un adelanto en tablas del 1% a modo de IPC% previsto. Ese que luego a fin de año se debería ajustar con el IPC Real de ese año.

Seguidamente, el secretario entrega la nueva propuesta de plataforma del comité de empresa.

PROPUESTA COMITÉ

Después de una exposición de los cambios en la propuesta, por parte del secretario del comité, la dirección solicita un receso sin definir, para valorar la propuesta, y nos dice nos avisará cuando pueda volver a reanudarse la reunión.

Dos horas y media después, la dirección vuelve del receso y nos trae otra propuesta de cierre:

PROPUESTA DE LA DTRG

En esta propuesta los cambios son:

En esta propuesta los cambios son:

-          Meten el 2025 entre los años con posibilidad a aumentar los salarios por encima del IPC:

·         2022 – IPC CAPV

·         2023 – IPC CAPV

·         2024 – IPC CAPV

·         2025, 2026 Y 2027 - SI IPC < 1% :::: IPC CAPV + 0,4%

SI IPC > o = 1% y < 2% :::: IPC + 0,2%

SI IPC > o = 2% :::: IPC CAPV

-          Modifican el plazo de la situación de ocupación del puesto de las trabajadoras por otra persona a 2 meses para puestos de grupo inferior al 6 o 4 meses para el resto de los casos.

Ellos dicen que su intención es mejorar la carrera profesional de las personas, para mejorar su empleabilidad.

Dicen que con ello podremos ir a Lanbide a pedir que nos den una homologación de carrera profesional.

Nosotras les hemos contestado, que la empleabilidad se aumenta con la formación, algo que está ya en el convenio y se niegan a ofrecer en muchos casos.

Lo que realmente quieren es lo que han querido siempre… Algo muy añejo que todas las trabajadoras que llevamos unos años por la empresa ya conocemos de otras negociaciones.

Dicho esto, no dicen que la próxima reunión de negociación será el martes a las 9:00 de la mañana en lugar del jueves.

Se acepta este cambio por la mayoría del comité y se fija la reunión previa para el lunes a las 11:00, que, aunque tenemos reunión de igualdad, tendremos que encajar ambas reuniones ese mismo día.

Se da por finalizada la reunión.



PREVIA COMITÉ: NEGOCIACIÓN DE CONVENIO (8-2-2023)


Resumen de la reunión previa del comité de ayer.

Se inicia la reunión con 2 nuevas propuestas de UGT y CCOO.

PROPUESTA UGT

PROPUESTA CCOO

UGT propone acercar la propuesta del comité a la de dirección de subidas salariales:


EMPRESA:

·         2022 – IPC CAPV

·         2023 – IPC CAPV

·         2024 – IPC CAPV

·         2025 – IPC CAPV

·         2026 Y 2027 –   SI IPC < 1% :::: IPC CAPV 0,2%

                                  SI IPC > o = 1% y < 2 :::: IPC + 0,4%

                                  SI IPC > o = 2%  :::: IPC CAPV

UGT:

·         2022 – IPC CAPV

·         2023 – IPC CAPV

·         2024/2025/2026/2027 - SI IPC < 1,2% :::: IPC CAPV 0,8%

                                              SI IPC > o = 1,3% y < 2 :::: IPC + 0,6%

                                              SI IPC > o = 2% :::: IPC + 0,2 CAPV


Proponen también una modificación de la propuesta sobre movilidad de la plataforma actual del comité, disminuyendo el periodo de la situación de desplazamiento de una trabajadora, siendo su puesto ocupado simultáneamente, de 4 meses a 1 mes.

El resto se mantiene tal cual está redactado en la propuesta de la empresa y siguen eliminando la necesidad de conformidad de la Comisión de Organización del Trabajo en un plazo de 2 días y dejando únicamente como posibles barreras una reclamación a RRHH y que deba ser para cubrir puestos en los que falte el titular,.

Comentan, que ellas entendieron en la asamblea, que la gente estaba molesta porque 4 meses les parecía demasiado y por eso, atendiendo a la petición de la gente, proponen disminuir el plazo a 1 mes.

CCOO propone dejar la propuesta sobre Prestación por Incapacidad Temporal (complementos) tal cual está en nuestro convenio a día de hoy y retirar la que figura en la plataforma del comité.

Dicen que ven que, según parece, el adelanto de pruebas va a ser una obligación, pero no un derecho y no les parece justo.

Proponen, además, que se fije el cobro de los atrasos que se generen para 2022 en la nómina del mes siguiente a la firma del convenio.

 

Expuestas las propuestas, se realiza un receso para valorarlas por secciones sindicales.


A la vuelta del receso, se procede a la votación:

ELA – SI A LA PROPUESTA DE CCOO Y NO A LA PROPUESTA DE UGT

UGT – SI A LAS DOS PROPUESTAS

LAB – SI A LAS DOS PROPUESTAS

ESK – PEDIMOS UN DIA PARA PODER TOMAR UNA DECISIÓN (llevaremos las propuestas que hay sobre la mesa a la asamblea de ESK, por la tarde, y decidiremos en ella nuestra postura).

CCOO – SI A LAS DOS PROPUESTAS.


Aunque hay mayoría suficiente para la aceptación de ambas propuestas, se decide aplazar la entrega a dirección de los cambios en la plataforma a hoy jueves en la reunión, para que nosotras nos pronunciemos antes sobre ello.

El comité se reúne hoy a las 9:00 de la mañana y cuando termine, se procederá a llamar a la dirección para comenzar la reunión de negociación.

Sin más temas a tratar, se dio por finalizada la reunión.


FIN PERIODO CONSULTAS ERTE 2025-2026

MATAR MOSCAS (Y DERECHOS) A CAÑONAZOS El 23 de Julio, miércoles, como ya sabéis todas a estas alturas, se celebró la última reunión con la d...