miércoles, 15 de febrero de 2023

NEGOCIACION DEL CONVENIO: REUNION DE 14 DE FEBRERO DE 2023

 

Comienza la reunión con la lectura y aprobación del acta de la reunión anterior.

La dirección ya había recibido la propuesta que se aprobó por mayoría (UGT-LAB-CCOO) el lunes 13 de febrero:

PROPUESTA COMITÉ 13 /2 / 2023

Habiéndola valorado y viendo que está ya muy cerca de la de la dirección, la DTRG nos entrega una propuesta que dice es DEFINITIVA.

PROPUESTA DEFINITIVA DTRG 14 / 2/ 2023

Vemos en dicha propuesta varios cambios. Uno de ellos nos sorprende bastante:

En el ART. 10 POLITICA SALARIAL, especifica que los atrasos de 2022 se cobrarían en enero de 2024. Dicen que pagarlos este año a la firma del convenio, les causaría una salida de caja no asumible.

En el ART. 16.2 PRESTACIONES POR IT (complementos económicos durante las bajas), añaden que “los datos de estas pruebas serán gestionados única y exclusivamente por servicios sanitarios (no dice cuales), con el deber de sigilo y confidencialidad, que les exige la legislación vigente”.

Nos causa asombro este añadido al texto, ya que parece darse a entender, que en propuestas anteriores no contemplaban hacerlo de esa manera...

Dicen que son pocos los casos de las personas que se han negado al adelantamiento de pruebas el año pasado.

Nosotras les preguntamos si se va a adelantar las pruebas a todo el que lo solicite o si solo se van a adelantar las que les dé la gana a ellos y contestan que todas no se puede, que solo las que ellos decidan.

También les preguntamos si se va a quitar el complemento solo a las personas a las que se nieguen al adelantamiento de pruebas o si se va a seguir obrando como actualmente lo está haciendo TEBEX: haciendo acudir a las trabajadoras regularmente a citas, pidiéndoles los informes médicos y resultados de las pruebas, para después llamarles desde Recursos Humanos diciéndoles que, si no colaboran, se les quitan los complementos económicos (chantaje es el nombre que nosotras le ponemos a esto).

Nos contestan que TEBEX es una cosa y el adelantamiento de pruebas es otra cosa distinta.

Les preguntamos, en ese caso, que, si las citas con la trabajadora de baja son únicamente con TEBEX, quien va entonces a recomendar a la trabajadora el adelantamiento de pruebas.

Nos dicen que no entienden a donde queremos llegar. Nosotras pensamos que no entienden lo que no quieren entender, porque la respuesta que nosotras vemos, es una sola:

TEBEX (u otro médico DE LA EMPRESA, en caso de que el absentismo baje del 6%), nos va a seguir citando y pidiendo información que no les corresponde y, en caso de que colaboremos, nos recomendará adelantos de pruebas, pero SOLO en el caso de que se lo permita económicamente LA EMPRESA. Y si no colaboramos, porque no queremos que manejen y tengan en su propiedad datos confidenciales nuestros, que no les corresponden legalmente, NOS QUITARAN LOS COMPLEMENTOS ECONOMICOS DURANTE NUESTRA BAJA POR ENFERMENDAD COMUN.

Seguimos viendo una vulneración de derechos fundamentales de las personas trabajadoras, que, se firmen o no en convenio, va en contra de la cacareada numerosas veces por la empresa, Ley de Protección de Datos.

En el ART. 18 JORNANDA dejan de lado la vinculación del absentismo a la reducción de la jornada, para dejarla congelada en las horas actuales durante toda la vigencia del convenio (hasta 2027).

Teniendo en cuenta que se está pidiendo una vigencia de 6 años para este convenio y que la jornada lleva sin verse reducida desde el año 2008, estaríamos hablando ya de 19 años sin que la jornada se vea reducida en una sola hora en TRGA.

En el ART. 35 TRASLADOS PROVISIONALES (Movilidad), vemos la gran sorpresa del día. La dirección elimina su cambio en la redacción del párrafo 4º, en la que pretendía hacer obligatoria la cesión de ocupar el puesto de una trabajadora durante un traslado, para dejar dicho párrafo tal y como está.

En su lugar, propone que esta situación de ampliación de la movilidad, deba ser aceptada de manera voluntaria y por escrito por la persona y que la persona pueda romper dicha situación cuando lo desee. A cambio, ofrecen 8 horas de libre disposición en caso de que el acuerdo dure 1 año y la parte proporcional en caso de que el acuerdo dure menos.

Es una sorpresa, sobre todo, porque esta propuesta ha llegado unilateralmente desde la dirección, dado que el comité, por mayoría, había aceptado la obligatoriedad de dicho aumento de la movilidad (siempre que fuese para sustituir a otras trabajadoras).

Vemos este cambio como un avance y como un logro de la votación de la última asamblea, ya que la plantilla dijo NO a dicha ampliación de la movilidad. Este logro, por tanto, nos parece únicamente atribuible a la plantilla de TRGA.

Es una lástima, que la dirección no escuchase a la plantilla, en el otro NO al asunto de las bajas por enfermedad…

Explicados los cambios respecto a la propuesta anterior, el comité solicita un receso y, a la vuelta, UGT trae una propuesta, que modificaría la propuesta de la dirección (no la del comité).

PROPUESTA DE UGT 14 / 2 / 2023

En ella se modifica lo siguiente:

POLITICA SALARIAL:

  • 2022 / 2023 / 2024:

    SOLO EL IPC

  • 2025 / 2026 / 2027:

    - IPC + 0,6% (si IPC es menor de 1,3%)
    - IPC + 0,3% (si IPC es mayor o igual de 1,3% y menor de 2%)
    - SOLO EL IPC (si IPC es mayor o igual a 2%)

Y que se cobren los atrasos del año 2022 a la firma del convenio.

TRASLADOS PROVISIONALES:

Añadir: Manteniendo la estructura del relevo en cuanto número de personas.

LICENCIAS RETRIBUIDAS:

Quitar el primer párrafo, que proponía eliminar del convenio la licencia retribuida por alumbramiento de la esposa o pareja (mantener dicha licencia).


Se procede a votar las propuestas:

ELA – NO a la propuesta de dirección y a la de UGT.

UGT – SI a la propuesta de la DTRG con las modificaciones de UGT.

LAB – SI a la propuesta de la DTRG con las modificaciones de UGT.

ESK – NO a la propuesta de dirección y a la de UGT.

CCOO – SI a la propuesta de la DTRG con las modificaciones de UGT.

Se aprueba por mayoría entregar a la DTRG las modificaciones.

PROPUESTA COMITÉ MODIFICACIONES A PROPUESTA DTRG


Se llama a la dirección y se le entrega la propuesta.

La dirección pide un receso.

A la vuelta, la dirección trae ya un PREACUERDO preparado con todas las modificaciones propuestas por UGT realizadas en su propuesta DEFINITIVA, que parece que no era realmente tan definitiva, como aseguraban unas horas antes.

PREACUERDO COMITÉ -DTRG

Viendo la propuesta, parece ser que la dirección ha hecho cálculos y ahora si les viene bien hacer el pago de atrasos de 2022 a la firma del convenio y no en 2024. La caja de TRG, como la bolsa, parece que sube o baja a cada hora que pasa.

La dirección añade, que al final del PREACUERDO, han introducido la cláusula de que deberá ser refrendado por la plantilla.

Se procede a la firma.

FIRMAN: La DTRG, UGT, LAB y CCOO.

NO FIRMAMOS: ESK y ELA.

Una vez finalizada la reunión, se fija una fecha para una ASAMBLEA INFORMATIVA, que será el MARTES 21 DE FEBRERO (el martes que viene) a las 15:30.

Ese mismo día, se fijarán los días en los que se efectuará el REFERENDUM sobre la aceptación o no de este PREACUERDO por parte de la plantilla.

Desde la sección sindical LAB, se propone dejar claro en los carteles para la asamblea y al inicio de la misma, que, ante cualquier falta de respeto sobre cualquier asistente a la misma, se suspenderá la asamblea.

Desde la sección sindical ESK, os pedimos, que para que la asamblea sea productiva y podamos informarnos todas y mantener un buen debate, se conserven las formas y se respete a todas las asistentes.

Ongi izan.


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