jueves, 9 de noviembre de 2023

ARBITRAJE ELECCIONES SINDICALES 8/11/2023


Ayer tuvo lugar un arbitraje en Gasteiz, con motivo de la impugnación a los censos que realizó ELA.

 

Dicha impugnación, trababa de eliminar del censo a los directivos que han estado negociando convenio, ERTE,… DEFENDIENDO LOS INTERESES DE LA EMPRESA E INTENTANDO RECORTAR LOS DERECHOS Y SALARIOS DE TODA LA PLANTILLA (menos los suyos, seguramente).

 

Hablamos de Andoni Jugo (Director de TRG, Jon Ander Junquera (Director de RRHH de TRG) y Emilio Miguel (Jefe de Producción de TRG).

 

La empresa estuvo representada por Jon Ander Junquera precisamente y su abogada habitual en los últimos juicios (está to pagao) y la parte social por un asesor de cada uno de los 5 sindicatos que entramos en el proceso electoral, además de un representante de cada sección sindical de ELA, LAB y ESK. De UGT y CCOO no acudió nadie de TRG.

 

Las posturas fueron las siguientes, por cada una de las partes:

 

EMPRESA:

 

En contra de la impugnación y defensora del derecho de esos 3 directivos a votar en las elecciones sindicales.

 

Según ellos, sólo son 3 trabajadores más de la plantilla y no ostentan cargos con capacidad de decisión sobre asuntos como el convenio y/o los ERTE, porque los que deciden son gente que está por encima de ellos.

 

Vamos, que escuchando a la abogada de la empresa y a Jon Ander Junquera, parecía que estuviésemos hablando de un biselador, un cucharero y un carretillero, en lugar de las 3 personas que firmaron el ERTE, el convenio, despidos, sanciones disciplinarias, etc …

 

ELA:

 

Se mantuvieron en la defensa de la impugnación y aportaron varias pruebas documentales como soporte, tanto para demostrar que personas con cargos análogos fueron excluidas en otros procesos pasados, como para demostrar el poder real ostentado por ellos y la clara representación de los intereses de la empresa, que desarrollan en las relaciones laborales y en las negociaciones.

 

En el caso de ANDONI JUGO, es el DIRECTOR GENERAL de TRG e incluso la abogada de la empresa reconoció, que tenían dudas sobre el derecho de esta persona.

 

En el caso de JON ANDER JUNQUERA, desde que Koldo Lasala dejo la compañía, ostenta el cargo de Director de RRHH de todo TRG (Trapaga y Amurrio) y, según comunicación de la propia Dirección General de TR S.A., ES EL QUE REPORTA DIRECTAMENTE A CARLOS LOPEZ DE LAS HERAS, QUE ES LA PERSONA CON MAS PODER DENTRO DE TR S.A.

 

EMILIO MIGUEL, es el jefe de producción y ha firmado y participado en TODAS LAS NEGOCIACIONES QUE HA HABIDO desde su llegada al cargo, estando en la parte empresarial de la mesa y defendiendo sus intereses, al mismo tiempo que posicionándose EN CONTRA de los derechos de los y las trabajadoras.

 

UGT:

 

El sindicato UGT pide únicamente un laudo ajustado a derecho.

 

Esto significa un posicionamiento de perfil, que es similar a una abstención, pues no sé postula en favor de una parte, ni de la otra.

¿Sera que les da igual?

 

LAB:

 

Se adhieren y apoyan la impugnación interpuesta por el sindicato ELA.

 

ESK:

 

Nos adherimos y apoyamos la impugnación propuesta por el sindicato ELA y exponemos que la abogada de la empresa está haciendo ver a los tres directivos como algo que no son.

 

No les pueden presentar como simples trabajadores de TRG, porque son los que deciden, como EMPRESA, lo que se nos aplica a los y las trabajadoras (ERTE, sanciones, despidos, etc…) y los que intentan mejorar los números de dicha EMPRESA, a costa de reducir nuestros derechos y salarios.

 

Y, en el caso concreto de Jon Ander Junquera, confirmamos que TRG es la empresa central de TR S.A., pues TRPT es propiedad también de Marubeni y RDT es un tallercito de EE.UU. También, que la propia Dirección General de TR S.A. nos comunico hace no mucho, que este señor, a día de hoy, es el máximo responsable de la compañía en las relaciones laborales, reportando directamente a Carlos López, Director General y poder Ejecutivo de TR S.A. (vamos, confirmar que no es un enganchador).

 

CCOO:

 

Aquí presenciamos lo más sorprendente de la mañana, cuando la representante del Sindicato CCOO, SE POSICIONA EN CONTRA DE LA IMPUGNACIÓN, alegando que esas personas no son alta dirección y que, por tanto, TIENEN DERECHO A VOTAR.

 

En dos palabras IN-PRESIONANTE.

 

Y para que se pueda entender la magnitud de darles derecho de voto a esos 3 enganchadores de dirección, ese derecho les otorgaría capacidad, no solo de votar a los representantes que gusten para el comité, sino que tendrían derecho incluso a PRESENTARSE A ELECCIONES SINDICALES.

 

Dar como buena la idea, de hacer siguiera posible este hecho: que una persona pueda estar en las dos partes de una negociación; es una aberración, que ya es terrible en boca de un juez o un árbitro, pero nos parece francamente terrible, en boca de un SINDICATO.

 

¿Si les piden salir en listas de CCOO, les dejarían incorporarse? Si creen que derecho para lo uno, ¿por qué no para lo otro?

 

 

El árbitro, escuchadas las partes, finalizó el acto y nos dejó pendientes de su resolución.

 

Esperemos que se haga justicia y se excluya a estas 3 personas que, voten o no, van a estar en frente de la plantilla y sus derechos antes, durante y después de las elecciones.

 

¿TU LES DEJARIAS VOTAR?



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