martes, 13 de junio de 2023

NEGOCIACION DEL CONVENIO: REUNION DE 12 DE JUNIO DE 2023

 

El jueves 8 de junio, el comité se reunió para poner en común las correcciones a presentar a RRHH sobre el borrador de texto refundido del convenio, que previamente nos había enviado la dirección.

En este borrador, la DTRG había introducido en nuestro convenio las modificaciones negociadas en el preacuerdo y las sentencias judiciales que se están aplicando a día de hoy.

Os pasamos tanto el borrador, como las correcciones:

BORRADOR CONVENIO 2022-2027 v0

CORRECCIONES AL BORRADOR, DEL COMITÉ DE EMPRESA

En base a esto, la empresa nos convocó a una reunión de urgencia, que fue ayer 12 de junio, con el siguiente orden del día:

  1. Redacción del texto del convenio.
  2. Sistema interno de Información.


REDACCIÓN DEL TEXTO DEL CONVENIO

La dirección nos transmitió las correcciones realizadas por el comité, con las que no estaba de acuerdo:

ART. 1 - AMBITO FUNCIONAL: No están de acuerdo en mantener la parte que hace referencia al acuerdo para las jubilaciones de 1997. Es una parte de este artículo que lleva ahí desde ese año y hasta ahora no se ha quitado. Ellos dicen que no se ha usado ese acuerdo nunca desde que se planteó en su época, que fue para un personal muy concreto y que ahora no tiene sentido dejarlo en convenio.

ART. 11 - PLUS DE ANTIGÜEDAD: Creen que con modificar el primer párrafo sería suficiente, porque ya dice que lo cobrará toda persona trabajadora. Aunque desde el comité se le transmite, que, si no se cambia el segundo párrafo, ambos entrarían en contradicción y no queda claro si las eventuales cobrarían siendo eventuales o solo cuando serían ya fijas, ellos dicen que lo están aplicando bien y que seguirán haciéndolo ponga el texto lo que ponga.
Repiten que en el primer párrafo ya deja claro que lo cobrará toda persona trabajadora y eso implica que se cobra, aunque seas eventual.

ART. 20 - VACACIONES: Dicen que el complemento por el “bocadillo”, no está recogido en el convenio y no van a incluirlo en el art. 20. Lo seguirán pagando como hasta ahora, pero no lo van a incluir en convenio.

ART. 45 – LICENCIAS RETRIBUIDAS: Dicen que no van a añadir la sentencia que mantiene el derecho a la misma al siguiente día laborable al hecho causante.
Creen que no es clara (aunque es firme) y que la van a aplicar según lo que a ellos les parece razonable, además de aplicarla según cada caso concreto.

PLAN DE IGUALDAD: Dicen que el que había está obsoleto y no lo van a añadir de nuevo. Además, comentan que ya no es necesario adjuntarlo al convenio, porque es un acuerdo aparte que se registra de igual manera que un convenio y de igual validez se adjunte al mismo o no.
Avanzan que ya lo han registrado (sin acuerdo con el comité) y que está pendiente de ser publicado.

CONTRATO DE RELEVO: Nos comentan que no van a sustituir el párrafo que da potestad a la empresa para elegir la trabajadora a la que hacer relevista, pero que van a añadir la frase que propone el comité, que da prioridad a la antigüedad.
Dicen que es, porque a igualdad de antigüedad, elegirán ellos al relevista.

INCREMENNTOS EN CONCEPTOS SALARIALES: Nos dicen que no van a admitir la corrección del comité, ya que consideran que solo deben subir según las subidas pactadas en el art.10 (salario de calificación), los conceptos que figuran en las tablas del anexo 1 (incentivo, antigüedad, plus relevo, plus nocturno, plus 4º relevo, 4x3, horas extra, puesta en marcha y cierre instalaciones, plus agosto y complemento vacaciones).
Los demás conceptos o siguen la subida definida en su propio artículo (prima enganche, bolsa de navidad, plus distancia plantilla y comité y ayuda de estudios) o son un valor fijo e inamovible (comida de carga de horno y plus distancia para formación).
Les decimos que no es coherente que no suban con lo pactado, pero se escudan en que históricamente ha sido de esa manera y, además, incluyen una corrección al artículo 10 del acuerdo, añadiendo una frase, que especifica que solo subirán en base a esos incrementos, los conceptos salariales del citado anexo 1).
Esto, entendemos, sería modificar el acuerdo.

También nos comunican que van a INCLUIR TRÁPAGA EN LA TABLA DE PLUS DISTANCIA.


SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN

Nos entregan un documento, donde se especifica cómo va a ser la implantación de la “Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción”, en el “sistema de denuncia a compañeros de trabajo”, que ya están aplicando.

Dicen que, después de informar al comité, también informarán a la plantilla de este asunto y sobre el canal de denuncia que tienen a disposición de la plantilla.

Por nuestra parte, cuando estudiemos este asunto, ya nos pronunciaremos al respecto.



Cuando se finalizó el orden del día, se solicitó un receso por parte del comité, para debatir y votar lo propuesto por la dirección en cuanto al borrador del convenio.

Os pasamos directamente una tabla con los resultados de las votaciones punto por punto. SE VOTA SÍ O NO A LO PROPUESTO POR LA EMPRESA EN CADA PUNTO:



Cuando vuelve la dirección se les transmite lo decidido por el comité:

  1. Se acepta quitar la referencia al acuerdo de jubilación de 1997 del art. 1.

  2. Se acepta la propuesta de la empresa para el art. 11 PLUS DE ANTIGÜEDAD.

  3. Se acepta la propuesta de la empresa para el art. 20 VACACIONES.

  4. No se acepta la propuesta de la empresa para el art. 45. Se pide a la dirección que entregue al comité por escrito, la forma general en la que va a aplicar las licencias retribuidas en base a la sentencia citada, para poder valorarlo.

  5. Se acepta la propuesta de la empresa de no incluir el PLAN DE IGUALDAD en el convenio.

  6. Se acepta la propuesta de la empresa para el acuerdo complementario del CONTRATO DE RELEVO.

  7. No se acepta la propuesta de la empresa, de ceñir en el art. 10 los incrementos salariales solo a los otros conceptos del Anexo 1.

  8. Se acepta incluir Trápaga en la tabla de PLUS DISTANCIA, pero se pide la cifra de los kilómetros que van a ser contabilizados para calcular el plus. El director de RRHH nos contesta que 90 km por día.


La dirección toma nota de las propuestas aceptadas y no aceptadas y nos transmite que lo van a mirar y pensar, pero que dudan que vayan a cambiar de opinión respecto a lo que el comité no ha aceptado.

El comité decide esperar a que la dirección conteste y aporte la información requerida, para tomar una decisión, por lo que no se convoca reunión de momento.


Finaliza la reunión.


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