viernes, 20 de enero de 2023

NEGOCIACION DEL CONVENIO: REUNION DE 19 DE ENERO DE 2023


Se comienza la reunión a las 9:00 con el receso solicitado por el comité a petición de CCOO, que necesitaban consultar en asamblea a sus afiliadas, para poder votar las propuestas de ELA, LAB y UGT que estaban pendientes.

Debido a la necesidad de CCOO de tratar algunos asuntos internamente entre delegadas, la votación se pospone hasta las 9:30.

Antes de empezar la votación, desde UGT se denuncia que alguien ha retirado los carteles de la asamblea que tenían esta semana en caliente y que, debido a eso, mucha gente no se ha enterado de la asamblea de UGT.

Solicitan que se saque un comunicado para la plantilla denunciando estos hechos.

A ESK también nos retiraron gran parte de los comunicados en los que explicábamos las pérdidas de derechos que implican algunas propuestas del comité, que aparecieron en un contenedor de basura en frio, por lo cual no podemos estar más de acuerdo en la propuesta de UGT.

Se decide sacar el comunicado por unanimidad.

Se realiza la votación votando los artículos para los que hay propuestas y el resto se deciden dejar como están en la última propuesta del comité, quedando de la siguiente manera:

PROPUESTA DE ELA

PROPUESTA DE UGT

PROPUESTA DE LAB

PROPUESTA DE ESK

 

Art. 10 (Salarios):

ELA – NO a las dos propuestas. Se ratifican en la de ELA. (IPC+0,8% de media)

UGT – La de LAB (IPC+0,6% de media)

LAB – La de LAB (IPC+0,6% de media)

ESK – NO a las dos propuestas. Nos ratificamos en la de ESK. (IPC+1,4% de media en salario de calificación e IPC+1% en el resto de conceptos)

CCOO – No se pronuncian. Comentan que, debido al temporal, fue poca gente a la asamblea y quieren consultarlo mejor.

Por falta de consenso, se queda como estaba en la última propuesta del comité. IPC+0,8% de media.

 

Art. 12.2 (Plus de nocturnidad):

ELA – NO a la propuesta de LAB. Su propuesta es 15 min libre disposición por noche.

UGT – SI a la propuesta de LAB. (Quitar el artículo de la plataforma).

LAB – SI a su propuesta. (Quitar el artículo de la plataforma)

ESK – NO a la propuesta de LAB. (Nuestra propuesta sigue siendo 30 min libre disposición por noche).

CCOO – SI a la propuesta de LAB. (Quitar el artículo de la plataforma).

 

Art. 14.1 (Pagas Extraordinarias):

ELA – NO. Dejar como está ahora en el convenio.

UGT – No votan. Dicen que no lo tienen todavía claro.

LAB – SI. Aceptar la propuesta de la DTRG de retrasar las pagas.

ESK – NO. Dejar como está ahora en el convenio. (Nota: Nos parece un avance y un derecho cobrar las pagas de verano y navidad antes de vacaciones y en navidad y nos parece una pérdida retrasarlas).

CCOO – No votan. Lo tienen que consultar.

Se mantiene sin aceptar la propuesta de la DTRG, como en la última propuesta del comité.

 

Art. 16.2 (Prestación por Incapacidad Común):

ELA – SI a su propuesta. Dejarlo como está ahora en el convenio.

UGT – NO a la propuesta de ELA. Mantener revisiones y pruebas médicas en bajas por Enfermedad Común a cambio de los complementos económicos.

LAB - NO a la propuesta de ELA. Mantener revisiones y pruebas médicas en bajas por Enfermedad Común a cambio de los complementos económicos.

ESK – SI a la propuesta de ELA. Lo tenemos igual en la nuestra: Dejarlo como está ahora en el convenio.

CCOO - NO a la propuesta de ELA. Mantener revisiones y pruebas médicas en bajas por Enfermedad Común a cambio de los complementos económicos.

Se mantiene como en la última propuesta del comité (obligación a pruebas médicas a cambio de que no nos bajen el salario durante las bajas por enfermedad común).

 

Art. 18 (Jornada):

ELA – No a la propuesta de LAB. Se ratifican en la suya. (Reducción de 16 horas la jornada durante una vigencia de 4 años y 5 días de libre disposición mínimo en los calendarios y 9 si son sistemas de descanso intersemanal).

UGT – SI a la propuesta de LAB. (Que los 3 días de libre disposición mínimo o 5 en calendarios que lo permitan, sean también en las letras que lo permitan).

LAB – SI a la propuesta de LAB. (Que los 3 días de libre disposición mínimo o 5 en calendarios que lo permitan, sean también en las letras que lo permitan).

ESK – No a la propuesta de LAB. Nos ratificamos en la nuestra. (Reducción de 16 horas la jornada durante una vigencia de 4 años y 5 días de libre disposición mínimo en todos los calendarios).

CCOO – SI a la propuesta de LAB. (Que los 3 días de libre disposición mínimo o 5 en calendarios que lo permitan, sean también en las letras que lo permitan).

Se acepta la modificación de LAB.
Matizar que, a nuestro entender, no se cambia mucho o nada, puesto que los calendarios son sistema+letra y, con la anterior redacción estarían cubiertas todas las letras/calendarios de un sistema de trabajo.

 

Art. 19 (Calendarios y Horarios):

ELA – NO a las dos propuestas. Se reafirman en su propuesta. (Mantener la posibilidad de elegir entre jornada partida y jornada continua de 7:00 a 15:00 o de 8:00 a 16:00).

UGT – Si a las propuestas UGT - LAB. (Quitar la posibilidad de elegir entre DIA y Jornada Continua).

LAB - Si a las propuestas UGT - LAB. (Quitar la posibilidad de elegir entre DIA y Jornada Continua).

ESK – NO a las dos propuestas. Nos reafirmamos en la nuestra. (Mantener la posibilidad de elegir entre jornada partida y jornada continua de 7:00 a 15:00 o de 8:00 a 16:00).

CCOO - Si a las propuestas UGT - LAB. (Quitar la posibilidad de elegir entre DIA y Jornada Continua).

Se elimina de la plataforma la propuesta de poder elegir entre Jornada Partida y Jornada Continua).

 

Art. 19 (Teletrabajo):

ELA – NO a la propuesta de UGT.

UGT – SI a su propuesta. (Eliminar la supervisión y necesidad de conformidad del comité para cada acuerdo).

LAB – NO a la propuesta de UGT.

ESK – NO a la propuesta de UGT.

CCOO – SI a la propuesta de UGT.

Se queda como en la última propuesta del comité.

 

Art. 35 (Traslados Provisionales – Movilidad):

ELA – SI a su propuesta. (Dejar este artículo como está en el convenio actual. Mantener el requisito de conformidad del comité para el supuesto de ocupación simultanea de los puestos del personal trasladado y mantener el plazo, en caso de aceptación, en 15 días máximo).

UGT – NO a la propuesta de ELA. (Mantener como en última propuesta del comité. Eliminar del convenio el requisito conformidad del comité para el supuesto de ocupación simultanea de los puestos del personal trasladado y ampliar el plazo de la misma a 4 meses).

LAB – NO a la propuesta de ELA. (Mantener como en última propuesta del comité. Eliminar del convenio el requisito conformidad del comité para el supuesto de ocupación simultanea de los puestos del personal trasladado y ampliar el plazo de la misma a 4 meses).

ESK – NO a la propuesta de ELA. Nos ratificamos en la nuestra. (Mantener el requisito de conformidad del comité para el supuesto de ocupación simultanea de los puestos del personal trasladado y mantener el plazo, en caso de aceptación, en 15 días máximo y eliminar las pruebas/exámenes para adquirir el grupo de un puesto).

CCOO –NO a la propuesta de ELA. (Mantener como en última propuesta del comité. Eliminar del convenio el requisito conformidad del comité para el supuesto de ocupación simultanea de los puestos del personal trasladado y ampliar el plazo de la misma a 4 meses).

Se queda como en la última propuesta del comité: Se elimina del convenio el requisito conformidad del comité para el supuesto de ocupación simultánea de los puestos del personal trasladado y se amplía el plazo de la misma a 4 meses.

 

Art. 45 (Licencias Retribuidas):

ELA – NO a la propuesta de LAB. Se ratifican en su propuesta. (Licencias para intervenciones sin hospitalización, ni reposo domiciliario como igual que para enfermedad grave y 16 horas para acompañamiento al médico familiares de hasta segundo grado de consanguinidad).

UGT – SI a la propuesta de LAB. (Bajar a 12 horas la licencia retribuida para acompañamiento de hijas, hijos menores y dependientes de hasta segundo grado de consanguinidad).

LAB - SI a la propuesta de LAB. (Bajar a 12 horas la licencia retribuida para acompañamiento de hijas, hijos menores y dependientes de hasta segundo grado de consanguinidad).

ESK – NO a la propuesta de LAB. Nos ratificamos en la nuestra. (Licencias para intervenciones sin hospitalización, ni reposo domiciliario como igual que para enfermedad grave, 16 horas para acompañamiento a personas dependientes de la persona trabajadora, el tiempo necesario para acompañamiento al médico de familiares de primer y segundo grado de consanguinidad y un día hábil, para los casos de renovación de DNI, permiso de conducir y tramitación de pasaporte).

CCOO - SI a la propuesta de LAB. (Bajar a 12 horas la licencia retribuida para acompañamiento de hijas, hijos menores y dependientes de hasta segundo grado de consanguinidad).

Se acepta la propuesta de LAB y se baja a 12 horas la propuesta del permiso acompañamiento de hijos, hijas y dependientes.

 

La plataforma del comité, queda de la siguiente manera:

PLATAFORMA DEL COMITÉ

 

Se procede a llamar a la dirección y comienza la reunión con la DTRG.

Comenzamos con la lectura y aprobación de las actas y la DTRG nos dice que no va a incluir ninguna de las correcciones de ESK y ELA.

Sabíamos que esto iba a pasar de nuevo, dada la redacción que se aceptó sobre este tema en el procedimiento de la negociación y por lo que conocemos a nuestra DTRG.

Tanto ESK como ELA, firmamos NO CONFORME y añadimos nuestras razones a bolígrafo.

El resto del comité permaneció en silencio.

Seguidamente, la dirección procedió a contestar algunas de las preguntas hechas la semana pasada por el comité (no todas):

  • Nos entregan un listado con las eventuales de la Bolsa de 2014 (podéis consultarnos, para ver si estáis incluidas en el listado).

  • Nos aseguran que las personas que podrían acogerse al Contrato de Relevo y prejubilarse así en la vigencia del convenio (2022-2027), serían 29 trabajadoras.

  • Respecto a los artículos de aplicación sobre Seguridad y Salud del convenio de Araba y del convenio Estatal del Metal, que quieren meter en el artículo 78 de nuestro convenio, nos matizan solo el artículo 52 del de Araba. El resto nos dicen que nos lo miremos nosotras (no hay poco).

  • Nos entregan un corta-pega de un artículo de la ley del IRPF (enlace) para justificar su petición de retrasar las pagas en el convenio. No nos dan el nombre de la empresa que les ha hecho las auditorias que lo requieren, ni el informe de las mismas que se les pidió.
    Dicen que no lo dan por la ley de protección de datos, esa que no les importa pisotear al chantajearnos con los complementos, para arrancarnos nuestros informes y pruebas privados durante las bajas por enfermedad común.
    Nosotras seguimos pensando que los adelantos están permitidos y se pueden dar, para después imputar los gastos al ejercicio del año siguiente. No nos creemos tampoco, que hacienda no haya metido mano a algo en décadas, si realmente está mal hecho.
    SOLO QUIEREN QUITARNOS OTRO DERECHO DEL CONVENIO.

NO ACLARADAS las dudas, se procede a entregar la propuesta del comité a la dirección.

La dirección pide un receso, que se alarga más de dos horas y, a la vuelta nos taren una reflexión:

Agradecen el esfuerzo del comité y creen que ya queda poco para poder llegar a un acuerdo. Con motivo de eso, van a necesitar más tiempo para elaborar una propuesta en la que quieren implicar a toda la dirección de TRG, para saber lo que pueden asumir.

Esta propuesta la catalogan de “posible cierre” (estrategia, una vez mas).

Por esto mismo, nos convocan para el martes que viene, 24 de enero.

El comité debate la necesidad o no de una previa en lunes y se decide que no es necesaria, por lo que se acuerda convocar la previa el mismo martes y tenerla después de la reunión con la dirección.

Finaliza la reunión.



miércoles, 18 de enero de 2023

ESK INFORMA (18/01/2023)


CON LA SALUD DE LAS TRABAJADORAS, CHANTAJES Y AMENAZAS NO!!

Se está llamando a las trabajadoras desde RRHH a sus casas (NO DE TEBEX), para amenazarles con la retirada de los complementos salariales durante sus bajas.

La razón que argumentan para realizar esta amenaza, es un informe de no colaboración con TEBEX, la subcontrata del Servicio Médico para esta gestión, en las citas que está empresa mantiene con los y las trabajadoras de baja por Enfermedad.

Lo que realmente pide RRHH a los y las trabajadoras, es que renuncien a un derecho mediante amenaza de quitarles otro.

La ley solo nos obliga a acudir a que se verifique nuestro estado de baja, lo cual únicamente es acudir a las citas, comunicar que vamos a seguir de baja y el motivo concreto.

LA DTRG, nos pide que renunciemos al derecho a la privacidad de nuestra salud por enfermedad común, un derecho fundamental que viene amparado por la Ley de Protección de Datos y la Ley 41/2002 (Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en materia de Información y Documentación Clínica).

La ley establece que la cesión de los datos sobre la salud por enfermedad común, solo puede ser realizada mediante consentimiento libre, específico, informado e inequívoco del paciente y, en este caso, de la trabajadora. En TRG nos intentan sonsacar esa información a los y las trabajadoras de TRGA mediante la amenaza de bajarnos el salario durante la recuperación de nuestra enfermedad.

No sólo nos quieren hacer venir a esas citas a la empresa cuando les apetece, sin importarles vulnerar nuestro derecho a la desconexión digital y causarnos contratiempos en nuestra vida privada, sino que además, pretenden que les demos datos que son considerados sensibles, especialmente protegidos, y, tras la publicación del RGPD, una categoría especial de datos personales.

Desde ESK, como ya sabéis, os animamos a NO dar más datos que los que obliga la ley en estos casos (motivo de la baja) y a preservar vuestro derecho a la privacidad de vuestra salud en las bajas por enfermedad común.

Además, ahora queremos comunicaros que ESTAS AMENAZAS SE ESTÁN CUMPLIENDO YA EN ALGUNOS CASOS. Y no solo hablamos del complemento mensual, porque entre esos complementos también se encuentran LAS PAGAS EXTRAORDINARIAS (echad cálculos de lo que os supondría en una baja de 1 año).

En ESK no nos vamos a quedar de brazos cruzados y vamos a tomar todas las acciones legales necesarias para preservar los derechos de los y las trabajadoras de TRG.

SI SE OS APLICA ESTE ROBO EN VUESTROS SALARIOS POR PRESERVAR VUESTROS DERECHOS FUNDAMENTALES, NO DUDEIS EN PONEROS EN CONTACTO CON NOSOTRAS Y OS DAREMOS TODA LA COBERTURA QUE ESTE A NUESTRO ALCANCE.

EL ABSENTISMO SE BAJA MEJORANDO LAS CONDICIONES DE TRABAJO, NO AMENAZANDO, CHANTAJEANDO Y EXTORSIONANDO A LOS Y LAS TRABAJADORAS.

CON MÁS INVERSION EN PREVENCIÓN Y MENOS EN MATONISMO EMPRESARIAL.

ANTE ACCIONES COMO ESTÁ, SOLO NOS QUEDA LA LUCHA.

LUCHA POR TUS DERECHOS, QUE NOSOTRAS ESTAREMOS DETRAS SIEMPRE PARA APOYARTE.

 

Amurrio, 18 de enero de 2023




LANGILEON OSAUNAREKIN, XANTAIRIK ETA MEHATXURIK EZ!!

Langileei dei egiten ari zaie Giza Baliabideetatik beren etxeetara (EZ TEBEXekoak), bajetan soldata-osagarriak kenduko dizkietela mehatxatzeko.

Mehatxu hori egiteko argudiatzen duten arrazoia TEBEXekin, kudeaketa horretarako Zerbitzu Medikoaren azpikontratarekin, lankidetzan ez aritzeko txosten bat da, enpresa honek gaixotasunagatiko bajako langileekin dituen hitzorduetan.

Giza Baliabideko zuzendaritzak benetan eskatzen diena eskubide bati uko egitea da, beste eskubide bat kentzeko mehatxuaren bidez.

Gure baja-egoera egiaztatzera baino ez gaitu behartzen legeak, eta hori hitzorduetara joatea eta bajan jarraituko dugula eta arrazoi zehatza jakinaraztea baino ez da.

DTRGk gaixotasun arruntagatik gure osasunaren pribatutasunerako eskubideari uko egiteko eskatzen digu. Eskubide hori Datuak Babesteko Legeak eta 41/2002 Legeak (Pazientearen Autonomia eta Informazio eta Dokumentazio Klinikoaren arloko Eskubide eta Betebeharrak Arautzen dituena) babesten dute.

Legeak ezartzen du gaixotasun arruntagatiko osasunari buruzko datuak pazientearen eta, kasu honetan, langilearen baimen aske, espezifiko, informatu eta zalantzagabearen bidez bakarrik laga daitezkeela. TRGn informazio hori TRGAko langileoi ateratzen saiatzen dira, gure gaixotasuna sendatzean soldata jaisteko mehatxuaren bidez.

Ez digute hitzordu horiei enpresara nahi dutenean bakarrik etorrarazi nahi, deskonexio digitalerako dugun eskubidea urratzen eta gure bizitza pribatuan ezustekoak eragiten… Gainera, datu sentikorrak kendu nahi dizkigute, bereziki babestuak, eta, DBEO argitaratu ondoren, datu pertsonalen kategoria berezi bat direla.

Dakizuenez, ESK-tik animatzen zaituztegu kasu hauetan legeak behartzen dituen datuak BAINO EZ ematera (bajaren arrazoia) eta zuen osasunaren pribatutasunerako eskubidea babestera gaixotasun arruntagatiko bajetan.

Gainera, orain jakinarazi nahi dizuegu MEHATXU HORIEK BETETZEN ARI DIRELA KASU BATZUETAN. Eta ez gara hileroko osagarriaz bakarrik ari, osagarri horien artean APARTEKO ORDAINSARIAK ere daudelako (atera kalkuluak urtebeteko baja batean zer ekarriko lizukeen).

ESKn ez gara besoak gurutzatuta geratuko, eta TRGko langileen eskubideak babesteko beharrezkoak diren legezko ekintza guztiak hartuko ditugu.

ZUEN OINARRIZKO ESKUBIDEAK ZAINTZEAGATIK ZUEN SOLDATETAN LAPURRETA HAU APLIKATZEN BAZAIZUE, EZ IZAN ZALANTZARIK GUREKIN HARREMANETAN JARTZEKO, ETA ESKURA DUGUN ESTALDURA GUZTIA EMANGO DIZUEGU.

ABSENTISMOA JAITSI EGITEN DA LAN-BALDINTZAK HOBETUZ, EZ LANGILEEI MEHATXUAK, XANTAIA ETA ESTORTSIOA EGINEZ.

PREBENTZIOAN INBERTSIO GEHIAGO ETA ENPRESA-MATONISMOAN GUTXIAGO.

DAUDEN EKINTZEN AURREAN, BORROKA BESTERIK EZ ZAIGU GERATZEN.

BORROKATU ZURE ESKUBIDEEN ALDE, ETA GU BETI ZURE ALDE EGINGO DUGU.

 

2023ko urtarrilaren 18, Amurrio



martes, 17 de enero de 2023

PREVIA COMITÉ: NEGOCIACIÓN DE CONVENIO (17-1-2023)

 

Hoy se han entregado 2 propuestas para la plataforma del convenio, que se suman a la entregada por ELA el jueves pasado.

Las propuestas han sido de UGT y LAB y vienen a ser un nuevo recorte sobre las pretensiones de la última plataforma del comité.

Cuando se iba a proceder a la votación de las mismas, desde CCOO se ha pedido posponer la votación, ya que ellos tienen mañana miércoles asamblea de la sección sindical y no van a pronunciarse hasta después de la misma.

Por unanimidad se pospone la votación de las propuestas al jueves 19 a las 9 de la mañana, día en que tenemos la reunión de negociación con la DTRG, a la cual se pedirá un tiempo para poder votar las propuestas y confeccionar la nueva plataforma del comité que se les entregará a continuación.

Sin más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión.

jueves, 12 de enero de 2023

NEGOCIACION DEL CONVENIO: REUNION DE 12 DE ENERO DE 2023

 

Empezamos la reunión con la lectura y la firma de las actas.

La dirección nos pregunta el nombre de la trabajadora que acude con nosotras en calidad de asesora y la propia trabajadora lo facilita.

La dirección vuelve a preguntar a una delegada de ELA para que les aclare si hace dos reuniones esta delegada les mando a la mierda, algo que consideran una falta de respeto inadmisible.

La delegada pregunta si a ellos no les parece una falta de respeto decir que algunas hay trabajadoras que comente fraude con sus bajas sin aportar pruebas.

Ellos dicen que no lo dijeron sobre las trabajadoras, sino que se referían a Osakidetza.

Desde ESK hemos tenido que intervenir, porque nos parece muy fuerte que sigan con esa cantinela de las bajas fraudulentas sin aportar nada.

Les hemos pedido alguna demanda de TRG contra Osakidetza y dicen que no van a aportar nada.

Nosotras les decimos, que fraude es el que comenten ellos. Y nosotras si tenemos pruebas: actas de infracción y varias demandas contra la empresa.

Lo que ellos están haciendo, es intentar usar la incomodidad de las trabajadoras con algunos casos concretos, para que se justifique así un ataque contra los derechos de toda la plantilla.

Como siempre, no aportan nada, solo acusaciones vacías, que son una falta de respeto contra las trabajadoras y los médicos de Osakidetza (las bajas las dan los médicos).

Terminado este asunto, la dirección nos entrega una nueva propuesta:

PROPUESTA DTRG

Nos aclara los cambios respecto a la anterior:


Art. 4º (Ámbito temporal):

Se acepta la vigencia de 6 años propuesta por el comité y renuncian a su anterior propuesta de 5 años de vigencia.
También aceptan que las trabajadoras de la bolsa del 2014 sean fijas antes de finalizar la vigencia del convenio (fin de 2027).


Art. 10º (Salario de Calificación):

Dejan los porcentajes fijos para los años 2022 a 2025 y para 2026 y 2027, proponen aplicar el IPC de la CAPV.


Art. 35º (Traslados Provisionales – Movilidad):

Aceptan la propuesta del comité, que modifica lo propuesto anteriormente por la DTRG y deja en 4 meses la limitación la cobertura del puesto de la persona movilizada, para supuestos de sustitución de: bajas por IT, licencias retribuidas, excedencias, vacaciones,…).


Art. 78º (Seguridad y Prevención):

Se añade lo legislado en el convenio sectorial de Araba y el IV convenio estatal del metal.


Art. 79º (No discriminación):

Se acepta la propuesta del comité.

 

UGT pregunta a la DTRG sobre cuando y como se haría su propuesta de modificar las fechas de cobro de las pagas extraordinarias.

La dirección contesta que se haría regulando las pagas ya cobradas y las que se vayan a cobrar con la nueva regulación a partir de la firma.

Nosotras les preguntamos si hay alguna repercusión económica para la empresa de hacerlo de una u otra manera y la dirección dice que ninguna, que solo es por darle “coherencia fiscal”.

Dicen que en auditorías interna les han dicho que lo hacen mal.

Les pedimos esa explicación de la auditoria interna y dicen que van a mirar si pueden darlo, pero el director financiero asistente a la reunión, no parece muy dispuesto a ello.

Se les pide el nombre de la empresa que realizó esa auditoría, pero solo nos dicen que “utilizan varias”.

Nosotras pensamos que el adelanto de 2 pagas para cobrar así 2 antes de vacaciones 1 en navidad, es algo que se consiguió hace muchos años en otra negociación de convenio y que es una ventaja para todas las trabajadoras que no debemos cambiar.

Resueltas o no estas dudas, se pasa a hacer un receso de 1 hora para valorar la propuesta de la empresa.

A la vuelta del receso, ELA lanza una nueva propuesta al comité:

PROPUESTA ELA

Es una modificación de su propuesta del 15/12/2022 de lo propuesto para los artículos 16.2 (Prestación por IT) y 35 (Traslados Provisionales – Movilidad).

Añaden que mantienen también su propuesta del 10/10/2022, que hicieron en la negociación del bloque 1.

PROPUESTA ELA 10/10/2022

PROPUESTA ELA 15/12/2022

ELA – SI a su propuesta.

UGT – Necesitan tiempo y solicitan dejar su decisión sobre esta propuesta y la de la DTRG para el martes.

LAB – Piden también tiempo, porque el lunes tienen asamblea de LAB.

ESK – Rechazamos ROTUNDAMENTE la propuesta de la DTRG, porque implica pérdida de derechos para las trabajadoras.
Estamos de acuerdo con la propuesta sobre el art. 16.2 de la propuesta de ELA (tenemos lo mismo en la nuestra del 3/1/2023) y para el art. 35 nos mantenemos en nuestra propuesta del día 3/1/2023.

CCOO – Defienden la modificación de la propuesta de la DTRG en los arts. 16.2 y 35, que propone el comité en su última propuesta, como ventajas para los y las trabajadoras y dicen que el acuerdo del Bloque 1 y el Contrato de Relevo para las trabajadoras del 2014 es algo histórico.

 

Dadas las peticiones de UGT y LAB, se deja la decisión final para el martes.

Se llama a la dirección para que respondan a unas preguntas de ELA.

Se pregunta sobre cuál de los dos sectoriales se va a aplicar en el art. 78 finalmente, ya que la dirección alude al de Araba y al estatal.

La dirección dice que lo dispuesto en los dos.

También se pregunta sobre qué contrato de relevo se va a aplicar, si el genérico o el que se aplica a la industria manufacturera (más ventajoso para las trabajadoras).

Ellos dicen que el que sea de aplicación a cada trabajadora.

Nosotras les recordamos que el acuerdo firmado con el comité para el Bloque 1, recoge que se aplicará en las mismas condiciones que se aplicó en 2021 y preguntamos cuál de los dos contratos de relevo se aplicó en esos casos de 2021.

ACUERDO BLOQUE 1

Nos responden que nadie se fue con el CR de aplicación a la industria manufacturera en 2021, pero que aun así, aplicarán el contrato de relevo de aplicación más ventajoso para las trabajadoras, porque así interpretan ellos el acuerdo.

Les decimos que esperamos que sigan interpretándolo así una vez firmado el convenio.

Finaliza la reunión.

martes, 10 de enero de 2023

PREVIA COMITÉ: NEGOCIACIÓN DE CONVENIO (10-1-2023)

 

Empieza la reunión con una nueva propuesta de LAB. Esta propuesta es para acercarse a la propuesta del jueves 5 de enero de UGT y sustituye a la hecha por ellas mismas dicho jueves.

Además, proponen aceptar las propuestas de la DTRG sobre retrasar el cobro de las pagas extraordinarias (hasta ahora nos las adelantaban) y la modificación de algunos tramos de la tabla de cuantías de la ayuda de estudios (eliminar preparación oficinas y bajar un escalón el “Grado Universitario”, que antes se incluía dentro de “Titulado Universitario”, que con el convenio actual se situaba en el escalón más alto).

Bajan también algo su propuesta sobre subidas salariales.

Después de un receso para valorar las propuestas, se procede a votar artículo por artículo.


Art. 4 (vigencia):

ELA – 4 años para el convenio y 7 para el contrato de relevo, además de la garantía para las eventuales de 2014.

UGT – PROPUESTA UGT (eventuales de 2014 fijos antes de fin de vigencia de convenio, hasta 2027).

LAB – PROPUESTA UGT.

ESK – PROPUESTA ESK (3/1/2023). Vigencia 4 años con la garantía para las eventuales de 2014, que también recoge nuestra propuesta.

CCOO – PROPUESTA UGT.


Art. 10 (salarios):

ELA – IPC + 0,8%

UGT – PROPUESTA LAB (Aunque les parece más agresiva).

LAB – PROPUESTA LAB.

ESK – PROPUESTA ESK (3/1/2023).

CCOO – PROPUESTA LAB.


Art. 12.2 (Plus noches):

ELA – PROPUESTA ELA: 15 min de libre disposición por cada noche.

UGT – PROPUESTA LAB.

LAB – PROPUESTA LAB.

ESK – PROPUESTA ESK (3/1/2023).

CCOO – PROPUESTA LAB.


Art. 14.1 (Pagas Extra):

ELA – Dejar Como Está Ahora En Convenio.

UGT – Necesitan aclaraciones de la DTRG antes de votar.

LAB – PROPUESTA DTRG.

ESK – Dejar como está ahora en convenio.

CCOO - Dejar como está ahora en convenio.


Art. 15.3 (Ayuda Estudios):

ELA - Dejar como está ahora en convenio.

UGT – PROPUESTA DTRG.

LAB – PROPUESTA DTRG.

ESK - Dejar como está ahora en convenio.

CCOO – PROPUESTA DTRG.


Art. 35 (Traslados Provisionales: Movilidad):

ELA - Dejar como está ahora en convenio.

UGT – PROPUESTA LAB.

LAB – PROPUESTA LAB.

ESK – PROPUESTA ESK (3/1/2023)

CCOO – PROPUESTA LAB.


Art. 45 (Licencias Retribuidas):

ELA – NO (a las dos propuestas).

UGT – PROPUESTA UGT.

LAB – PROPUESTA UGT.

ESK – PROPUESTA ESK (3/1/2023).

CCOO – PROPUESTA UGT.


Art. 79 (No discriminación, equiparación convivientes a matrimonio):

Todas de acuerdo en mantenerlo y dejar la justificación que propone LAB.

Se redacta la nueva propuesta del comité y se envía a la DTRG.

PROPUESTA DEL COMITÉ

 

Después de esta votación, el secretario procede a leer el resumen de las negociaciones que se leerá en la asamblea y se aprueba por unanimidad.

Dicho esto, UGT propone fijar unos mínimos para presentar en la asamblea y ellos proponen el paso a fijos de los eventuales del 2014 antes de que finalice el convenio (2027) y el mantenimiento del poder adquisitivo.

ELA se remite a el documento de los mínimos de su propuesta de paros del 10 de octubre de 2022, en el que se comprometía a mantener los derechos del convenio actual, la entrada a fijos de la bolsa de 2010 y la entrada a fijos de la bolsa de 2014.

LAB se compromete a lo mismo que UGT, añadiendo la eliminación del párrafo de la propuesta de la DTRG sobre quitar los complementos económicos con un máximo de bajas en 3 años o según una duración máxima de las bajas. UGT lo acepta.

ESK nos comprometemos TAN SOLO a no firmar ni avalar, ningún acuerdo que implique una pérdida de derechos respecto al convenio actual, ni nada que empeore dicho convenio.

CCOO lo mismo que LAB, pero añaden la consecución de una licencia para el acompañamiento de familiares hasta segundo grado de consanguineidad.

Se acepta la propuesta de UGT y LAB, sumando lo propuesto por CCOO y se llevará a la asamblea.

 

Desde algunas secciones sindicales se ha criticado nuestra postura frente a los mínimos que asumiríamos.

Nos han achacado quitar derechos, por retirar de nuestra propuesta algo que la mayoría no ha vuelto a incluir tampoco, que es “recuperar el 1% que la empresa nos quitó en su dia”…

Nuestra contestación es tajante. Eso fue un incumplimiento de la legislación por parte de la DTRG y unos lo denunciaron y otros no. 

Algunas de nosotras no lo hemos cobrado, el plazo finalizo hace mucho para esa reclamación de cantidades, que es lo que fue. 

Una reclamación de cantidades no implica la eliminación o no de un derecho, el derecho lo seguimos teniendo, solo que el plazo para aquella reclamación expiró y nos quedamos sin cobrarlo.

Todas las secciones sindicales de aquella época deberían hacer autocritica de lo que se hizo mal y lo que no se hizo (algo que también es criticable).

Les hemos pedido que no fundamenten sus críticas en batallas del convenio anterior, un convenio en el que ni siquiera estuvimos presentes nosotras.

Luego nos han preguntado si firmaríamos el convenio vigente en TRG en estos momentos, tal cual está, sin mejoras.

Nosotras les hemos dicho que solo hemos presentado nuestros mínimos mas mínimos, la línea roja que entendemos deberíamos tener todas en esa sala, NO PERDER DERECHOS.

Pero firmaríamos esa línea roja, a no ser que hubiésemos luchado antes concienzudamente por algo mejor y la gente nos pidiese hacerlo.

Lo que tenemos claro es que no vamos a entrar a “cambiar cromos” y decir que para tener licencias retribuidas tenemos que sacrificar la limitación a la movilidad o que vayamos a negociar como si esto fuese “el regateo de un zoco de Marrakech” y permitir que se quite a las trabajadoras el derecho a la privacidad de sus bajas y sus datos sanitarios por enfermedad común, a cambio de una reducción de la jornada.

Nos vemos en la asamblea!!!

lunes, 9 de enero de 2023

ASAMBLEA INFORMATIVA (10/1/2023)


Egun on.

Mañana tendremos la primera asamblea informativa de esta negociación del convenio 2022-202X.

Es una asamblea que propusimos nosotras en el comité, pues pensamos que es buen momento para que se informe del estado de las negociaciones y se abra un debate en la plantilla sobre el cauce que están llevando.

Entendemos que somos la plantilla los que debemos decidir siempre, si estamos o no de acuerdo con lo que hacen nuestros representantes, pero no solo cuando ya está todo hecho, sino cuando todavía se puede hacer y deshacer, por lo que os animamos a escuchar a todo el mundo y a dar vuestra opinión más que nunca.

En este convenio nos estamos jugando muchos derechos y nuestros salarios. Es un convenio que llega después de 6 años sin negociar ningún avance social, y tras una negociación de atrasos económicos, que creemos no compensó el daño sufrido por la plantilla.

La gente de ESK, afrontamos el inicio de la negociación con muchas ganas, ya que veíamos unas condiciones inmejorables para ello y nos propusimos hacerlo con exigencia, porque, si no luchamos ahora por todas esas cosas que llevamos años reivindicando, ¿cuándo vamos a poder volver a hacerlo?

Por eso, no hemos querido formar parte de la reducción rápida y sin lucha que se ha hecho de la plataforma del comité.

Después de debatirlo en asambleas y de hacer votaciones, en ESK decidimos hacer nuestra propia propuesta al comité y desmarcarnos totalmente de la propuesta actual de la mayoría del comité.

No solo ya porque creamos que se está reduciendo la plataforma del comité sin haber intentado luchar por más, sino porque creemos que, además, en algunos artículos perdemos derechos y eso es algo que nosotras no vamos a avalar nunca.

Links a las explicaciones:

Artículo 16.2 

Artículo 35

En esta propuesta, que creemos exigente, conservamos las reivindicaciones que hemos considerado más importantes y una subida salarial, que creemos compensaría la escasa exigencia con que se negociaron los atrasos y nos daría la capacidad de compensar el daño causado a la plantilla años atrás.

PROPUESTA DE ESK (link)

Es una propuesta exigente, repetimos, y es una propuesta que exigiría lucha. Eso lo tenemos claro.

Pero estos momentos, la situación de la empresa, nos da capacidad de luchar por mejorar, con la exigencia que merece un convenio de, al menos, 9 años de vigencia (2017-2025, como poco), y con la fábrica con buena carga de trabajo y a la espera de también de buenos resultados.

La plantilla de TRGA siempre hemos sido trabajadoras exigentes y luchadoras y es por eso que tenemos las buenas condiciones laborales que tenemos. Nadie nos ha regalado nada.

Nosotras creemos que es el momento de demostrarlo, consiguiendo un buen acuerdo para todas las trabajadoras, algo que solo conseguiremos volviendo a luchar por el convenio una vez más.

La presidencia del grupo TR S.A., está ya preparada (como ya lo ha hecho Tubacex), para sacar pecho y jactarse de lo bien que lo han hecho y lo reforzados que han salido con su plan estratégico.

Las trabajadoras también deberíamos salir reforzadas de esta negociación, con un convenio potente con el que poder afrontar con fuerza nuestro futuro y el de nuestras familias.

Y eso no se consigue jugando a su juego de “establecer nuevas metodologías de negociación” y “estar todas en el mismo barco”…, porque eso no se lo creen ni ellos.

PARA ESO HAY QUE LUCHAR, COMO LO HA HECHO ESTA PLANTILLA GENERACIÓN TRAS GENERACIÓN.

LA LUCHA ES EL ÚNICO CAMINO, PERO PARA ESO, LA LUCHA DEBE MERECER BIEN LA PENA.

NO ES MOMENTO DE PERDER O EMPATAR.

¡¡ES MOMENTO DE SALIR A GANAR!!



 

Egun on.

Bihar izango dugu 2022-202X hitzarmenaren negoziazioaren lehen batzar informatiboa.

Batzar hori guk proposatu genuen batzordean, uste baitugu une egokia dela negoziazioen egoeraren berri emateko eta eramaten ari diren moduei buruzko eztabaida hasteko plantillan.

Gure ustez, langileak gara beti, gure ordezkariek egiten dutenarekin ados gauden ala ez erabaki behar dugunak, baina ez bakarrik dena eginda dagoenean, baita oraindik egin eta desegin daitekeenean ere. Horregatik, mundu guztiari entzutera eta zuen iritzia inoiz baino gehiago ematera animatzen zaituztegu.

Hitzarmen honetan eskubide asko eta gure soldatak ditugu jokoan. Hitzarmen hau 6 urteren ondoren iritsi da, inolako aurrerapen sozialik negoziatu gabe, eta atzerapen ekonomikoak negoziatu ondoren, uste dugu ez zuela langileek jasandako kaltea konpentsatu.

ESK-kook gogo handiz ekin genion negoziazioaren hasierari, horretarako baldintza ezin hobeak ikusten genituelako eta exijentziaz egitea proposatu genuelako. Izan ere, orain urte asko aldarrikatzen ari garen gauza horien alde borrokatzen ez bagara, noiz egin ahal izango dugu berriro?

Horregatik, ez dugu batzordearen plataforma azkar eta borrokarik gabe murriztu nahi izan.
Batzarretan eztabaidatu eta bozketak egin ondoren, ESK-n erabaki genuen batzordeari geure proposamena egitea eta batzordearen gehiengoaren gaur egungo proposamenetik erabat aldentzea.

Ez bakarrik batzordearen plataforma murrizten ari dela gehiagorengatik borrokatzen saiatu gabe uste dugulako, baizik eta uste dugulako, gainera, artikulu batzuetan eskubideak galtzen ditugula eta hori ez dugu guk inoiz babestuko.

Azalpen estekak:

16.2 Artikulua

35 Artikulua

Gure ustez exijentea den proposamen honetan, gure ustez garrantzitsuenak diren aldarrikapenei eusten diegu eta, gure ustez, atzerapenak negoziatzeko izan zen eskakizun urria konpentsatuko lukeen, eta langileei duela urte batzuk eragindako kaltea konpentsatzeko gaitasuna emango ligukeen soldata-igoerari ere.

ESK-REN Proposamena (esteka)


Proposamen zorrotza da, berriz diogu, eta borroka eskatuko lukeen proposamena da. Hori argi daukagu.

Baina une honetan, enpresaren egoerak, hobetzeko borroka egiteko gaitasuna ematen digu, gutxienez 9 urteko indarraldiko hitzarmen batek (2017-2025, gutxienez) merezi duen exijentziarekin. Gainera lantegian lan-karga ona dugu eta emaitza onen zain dago enpresa.

TRGAko langileak beti izan gara langile zorrotzak eta borrokalariak, eta horregatik ditugu lan baldintza onak. Inork ez digu ezer oparitu.

Guk uste dugu hori frogatzeko unea dela, langile guztientzako akordio on bat lortuz, eta hori berriro ere, hitzarmenaren alde borrokatzen baino ez dugu lortuko.

TR S.A. taldeko lehendakaritza prest dago (Tubacexek egin duen bezala), bularra ateratzeko eta zein ondo egin duten eta zein indartuta atera diren plan estrategikoarekin harrotzeko.

Langileok ere indartuta atera beharko genuke negoziazio honetatik, hitzarmen indartsu batekin, gure eta gure familien etorkizunari indarrez aurre egin ahal izateko.

Eta hori ez da lortzen negoziazio-metodologia berriak ezartzeko eta guztiak ontzi berean egoteko jokoan, hori ez baitute beraiek ere sinesten.

HORRETARAKO BORROKATU EGIN BEHAR DA, PLANTILLA HONEK BELAUNALDIZ BELAUNALDI EGIN DUEN BEZALA.

BORROKA DA BIDE BAKARRA, BAINA HORRETARAKO, BORROKA ONDO MEREZI BEHAR DU.

EZ DA GALTZEKO EDO BERDINTZEKO GARAIA.

IRABAZTERA ATERATZEKO GARAIA DA!!



sábado, 7 de enero de 2023

¿PERDEMOS DERECHOS CON LAS PLATAFORMAS DEL COMITÉ Y DIRECCIÓN? JUZGALO TÚ MISMA (2/2):


ART. 35 TRASLADOS PROVISIONALES


Ø  ESTO DICE EL CONVENIO:

La persona trabajadora no podrá ser desplazada de su puesto y éste ser cubierto por otro simultáneamente. Esta norma sólo podrá dejar de aplicarse cuando se necesite provisionalmente cubrir puestos con personas que conozcan el contenido del mismo, no se disponga de otra adecuada, y no se oponga expresamente la persona trabajadora trasladada, en cuyo caso, previa reclamación por escrito con acuse de recibo de su mando, se reunirá la Comisión de Organización del Trabajo (*) y la Dirección que se obligarán a tomar una decisión en un plazo no superior a dos días laborables desde la presentación de la reclamación. Si la resolución fuera la de ocupar el puesto designado, la persona trabajadora sólo podrá estar desplazado por un periodo máximo de 15 días, excepto en los supuestos de puestos con requerimientos de END, en este supuesto el plazo máximo será de 18 meses.

* La Comisión de Organización del Trabajo, es una comisión en la que el comité tiene los mismos votos que la dirección. Esta comisión no se reúne nunca, pues la empresa sabe perfectamente el voto de la parte social en los casos en que las trabajadoras no estamos de acuerdo con lo que se nos quiere aplicar (lógica pura, para eso está el comité).
El resultado es que, si el trabajador o trabajadora se niega, no se le puede obligar. Finalmente, o no se le mueve de su puesto o se deja su puesto parado mientras se le desplaza.



Ø  ESTO DICE LA PLATAFORMA DEL COMITÉ:

La persona trabajadora no podrá ser desplazada de su puesto y éste ser cubierto por otro simultáneamente. Esta norma sólo podrá dejar de aplicarse cuando se necesite provisionalmente cubrir puestos con personas que tengan formación del mismo, no se disponga de otra adecuada, y no se oponga expresamente la persona trabajadora trasladada, en cuyo caso, previa reclamación por escrito con acuse de recibo al departamento de RRHH, únicamente podrá permanecer desplazado hasta que otro trabajador se forme en ese puesto o bien la organización del convenio lo permita no pudiendo en ningún caso ser superior a 1 mes, excepto en los supuestos de puestos con requerimientos de END, en este supuesto el plazo máximo será de 18 meses.

Desaparece totalmente la Comisión de Organización del Trabajo y se cambia por una reclamación a RRHH (contestan en 15 días y te lo comes con patatas).
Se permite mantener en esa situación 1 mes a las trabajadoras, además de que las trabas son nulas, para que te vuelvan a hacer lo mismo las veces que quieran pasado ese mes, ya sea en ese o en otros puestos.
Esto implicaría que, aunque tengamos una vacante adjudicada e incluso seamos el titular con mayor antigüedad del puesto, podrían mandarnos a otro y poner a otra compañera en nuestro puesto de manera casi ilimitada.


Ø  ESTO DICE LA PLATAFORMA DE LA DIRECCIÓN:

La persona trabajadora no podrá ser desplazada de su puesto y éste ser cubierto por otro simultáneamente. Esta norma sólo podrá dejar de aplicarse cuando se necesite provisionalmente cubrir puestos con personas que tengan la formación del mismo, no se disponga de otra adecuada, y no se oponga expresamente la persona trabajadora trasladada, en cuyo caso, previa reclamación por escrito con acuse de recibo al departamento de RRHH, únicamente podrá permanecer desplazado hasta que otro trabajador se forme en ese puesto o bien la organización del convenio lo permita no pudiendo en ningún caso ser superior a 4 meses, excepto en los supuestos de puestos con requerimientos de END, en este supuesto el plazo máximo será de 18 meses.

Desaparece totalmente la Comisión de Organización del Trabajo y se cambia por una reclamación a RRHH (contestan en 15 días y te lo comes con patatas).
Se permite mantener en esa situación 4 meses a las trabajadoras, además de que las trabas son nulas, para que te vuelvan a hacer lo mismo las veces que quieran pasado ese mes, ya sea en ese o en otros puestos.
Esto implicaría que, aunque tengamos una vacante adjudicada e incluso seamos el titular con mayor antigüedad del puesto, podrían mandarnos a otro y poner a otra compañera en nuestro puesto de manera casi ilimitada.

 

En ESK pensamos que, permitir por convenio la movilidad sin límites es algo que no debemos consentir.

No es cierto que, para conseguir más días de libre disposición o licencias retribuidas, haga falta vender la limitación a la movilidad. Si necesitan mas polivalencia, pueden ampliar plantilla con mas suplentes, es sencillo.

La limitación a la movilidad que tenemos en nuestro artículo 35 del convenio, es mirada con admiración y envidia por muchas trabajadoras cuando la conocen, porque en otras empresas nadie tiene puesto adjudicado y trabajan todos los días a la carta. Es a esa situación a la que nos quieren llevar.

Desde ESK pensamos que, si la dirección quiere mejorar la cobertura de los puestos vacantes o las ausencias de las trabajadoras, lo que debe hacer es agilizar los procesos de adjudicación de vacantes y emplear más tiempo en planificar mejor el trabajo y organizar mejor los departamentos.

Siempre hablan del lastre que son los puestos en propiedad, pero las trabajadoras sabemos que, esos "puestos en propiedad":

  • Aportan mejor cuidado, mantenimiento, orden y limpieza en los puestos.

  • Generan especialización y saber hacer.

  • Proporcionan estabilidad y mejoran la seguridad y salud mental a las trabajadoras.

  • Mejoran el producto final y las vidas de las trabajadoras.

Cuando una trabajadora solicita una vacante, es para ser titular del puesto, con los derechos que ello conlleva. Busca estabilidad.

Nosotras creemos, que aumentar la movilidad es precarizar la seguridad, la salud y el trabajo. La estabilidad laboral es a lo que todas aspiramos o aspirábamos cuando somos o éramos eventuales y cuando hemos estado desplazadas sin puesto adjudicado.

LA ESTABILIDAD HOY EN DIA ES UN LUJO, QUE DEBEMOS LUCHAR POR CONSERVAR EN NUESTRO CONVENIO.

DEBEMOS PROTEGER LOS DERECHOS QUE NOS DA NUESTRO ACTUAL CONVENIO.

SI, EN ESK CREEMOS QUE CON AMBAS PLATAFORMAS SE PIERDEN DERECHOS.


Textos utilizados:

CONVENIO ACTUAL

PROPUESTA COMITÉ

PROPUESTA DIRECCIÓN





FIN PERIODO CONSULTAS ERTE 2025-2026

MATAR MOSCAS (Y DERECHOS) A CAÑONAZOS El 23 de Julio, miércoles, como ya sabéis todas a estas alturas, se celebró la última reunión con la d...