jueves, 24 de octubre de 2024
KOMUNIKATUA
COMUNICADO
lunes, 15 de julio de 2024
FINAL DEL PERÍODO DE CONSULTAS DE LA PRORROGA DEL ERTE
jueves, 11 de julio de 2024
DAGOENEKO IKUSTEN ARI GARA NON DAGOEN BENETAKO ONGINTZA “DESADOSTASUN AKORDIOETAN”… DTRG-RENTZAT
Berriro ere, TRGko zuzendaritzak beharrezkoa ikusi du bere
kutxa babestea, gure langabezia-sarietan eskua sartuz, bere merkatu-estrategiarekin
jarraitzeko, hau da, enpresa ahalik eta ekoizpen-ahalmen handienarekin
edukitzea, baina aldi baterako enplegu-erregulazioko espedientea aplikatuta, gu
langabeziara bidali ahal izateko eta SEPEk komeni zaienean gure soldatak
ordaindu ahal izateko.
Eta, berriro ere, kontsultaldi batean gaude, balizko akordio
bat negoziatzen… edo akordiorik gabeko balizko akordio bat.
Izan ere, horretara pasatu gara zuzenean, eta ez zaigu
burutik pasatzen beste aukera batzuk ere, hala nola langileen eta sindikatuen borroka
(argi geratzen ari zaigun zerbait da).
Testuinguru horretan, ikusi dugu nola aurkezten duen
enpresak ABEEaren luzapena, baina azkar esaten digu, ez dutela luzatu nahi
“akordiorik gabeko” akordioa, otsailean sinatu zena, luzapen honek sortzen duen
ABEErako.
DTRGkoei esan diegun bezala, eta guk esan gabe oso ondo
dakiten bezala, akordio hori ederki aplika dezakete luzapen honetan, berriro
ezer sinatu behar izan gabe, aurreko ABEEa ez baita inpugnatu eta luzapen hori,
logika beragatik, ez da inpugnatuko, are gehiago osatzeko baldintzak zabaltzen
badira.
Baina, guk aurreko negoziaziotik nahiko argi geneukan arren,
kontsulta-aldi honetan ikusten ari gara zein den DTRGren benetako interesa
“akordiorik gabeko” akordio horietan.
Aurreko negoziazioan bezala, non erregulazio-egutegiak 15
eguneko aurre-eperarekin aldatzeko ahalbidea atera ziguten (eta aukera izan
zutenean berehala aplikatu zutena), orain badirudi beste zerbait lortu nahi
dutela: abuztuan lan egiteko betebeharra sortzea, beste ABEEan —2023an hasi zena—
sortu ez ziren oporrak berreskuratzeko, edo haiei uko egitea, ordaindu gabeko
baimen bat idatziz eskatuz.
Nahiz eta hori onargarria izan daitekeen belarri batzuentzat
(ez gureentzat), esan behar da neurri hori eta egutegi-aldaketen aurrekoa
inplementatzen doazen neurriak direla, eta behin eta berriz errepikatuko direla
planteatzen den aldi baterako enplegu-erregulazioko espediente bakoitzean,
elkarren artean metatuz.
Iritsiko al litzateke une bat, DTRGk “akordiorik gabeko”
horiek sinatu nahi ez zituena eta esango ligukeena: edo ABEEa sinatuko duzue,
edo osagarririk gabe joango zarete, egutegi aldaketekin, abuztuan lan eginez
oporrak berreskuratzeko eta zerrenda honetara batzen dena?
GUK BAIETZ USTE DUGU.
Are gehiago, DTRG honen asmoa hasieratik hau dela uste dugu,
egunen batean ABEEak sinatu eta onartzeko estrategia gisa. Langileok uko egin
diogu horri orain arte, jakinduria handiz, baina gure aurkako tresnak jartzen
jarraitzen badugu, auskalo iritsiko ote den.
Hori dela eta, ESK-k “akordiorik gabeko” horiei EZETZA
ematea defendatu zuen azken batzar orokorraren bozketan, nahiz eta, hala ere,
batzarraren emaitza errespetatzea erabaki genuen eta “edo denak sinatuko
dituzue, edo ez dago osagarririk” dioen akordio batera gehitzea.
Hori guztia dela eta, gertatzen ari denaz eta, gure ustez,
gerta daitekeenaz informatzen zaituztegu, eta hausnarketa handi bat egiteko eta
etorkizunera begiratzeko eskatzen dizuegu, langileria gisa hartzen ditugun
erabakiek epe luzera izan ditzaketen ondorioak ebaluatuz.
Gaur ESK TRGAren asanblada dugu 15:30etan komite gelan eta
bihar, bilera izango dugu zuzendaritzarekin (teorian kontsulta epea amaitzen
dena).
Negoziazioa oraindik martxan dago, beraz, oraindik denbora
dago gauzak ahalik eta ondoen egiteko.
HORRELA EGIN DADILA ESPERO DUGU ETA, HORELA, EREMU
GEHIAGORIK LAGA EZ DIEZAIOGUN, GUK GERO ETA LANGABEZI GUTXIAGO IZATEAREN ETA
GURE SOLDATETAN MURRIZKETEN ERRUDUN BAKARRARI: TUBOS REUNIDOS ENPRESA.
YA ESTAMOS VIENDO DONDE ESTÁ EL BENEFICO REAL EN LOS “ACUERDOS EN DESACUERDO”
Nuevamente, la dirección de TRG ha visto necesario proteger
su caja, metiendo mano en nuestros subsidios por desempleo, para seguir con su
estrategia de mercado, que consiste en tener la empresa con la máxima capacidad
productiva, pero con un ERTE en aplicación, para poder mandarnos al paro y que
el SEPE pague nuestros salarios cuando les convenga.
Y nuevamente nos vemos en un periodo de consultas,
negociando un posible acuerdo… o un posible sin acuerdo.
Porque ya hemos pasado directamente a eso y ni se nos pasa
por la cabeza otras opciones como la lucha obrera y sindical (es algo que ya
nos está quedando claro).
En este contexto, hemos visto como la empresa presenta la prórroga
del ERTE, pero rápidamente nos dice, que no quieren prorrogar el acuerdo “sin
acuerdo”, que se firmó en febrero, para el ERTE que genera esta prórroga.
Como ya les hemos dicho y ya saben perfectamente sin que se
lo digamos, ese acuerdo lo pueden aplicar perfectamente en esta prórroga, sin
que haya que firmar nada nuevamente, ya que el ERTE anterior no se impugno y
esta prórroga, por la misma lógica, no va a ser impugnada, máxime si se amplían
las condiciones de complementación.
Pero, aunque nosotras ya lo teníamos bastante claro desde la
negociación anterior, en este período de consultas se está viendo cual es el interés
REAL de la DTRG en estos acuerdos “sin acuerdo”.
Igual que en la negociación anterior, en la que nos sacaron
la posibilidad de modificar los calendarios de regulación con 15 días de
antelación, algo que no tardaron en aplicar cuando tuvieron oportunidad de
hacerlo, ahora, parece que quieren conseguir algo más: generar la obligación de
trabajar en agosto, para recuperar las vacaciones no generadas en el otro ERTE,
que inició en 2023, o renunciar a ellas por escrito, solicitando un permiso no
retribuido.
Aunque esto puede sonar aceptable para algunos oídos (no
para los nuestros), hay que decir, que tanto esta medida como la anterior de
los cambios de calendarios, son medidas que van implementándose y que van a ser
recurrentes en cada ERTE que se vaya planteándose, acumulándose entre sí.
¿Podría llegar un momento, en el que la DTRG, dejase de
querer firmar esos “sin acuerdos” y que nos dijese: o firmáis el ERTE u os vais
sin complementos, con cambios de calendario, currando en agosto para recuperar
vacaciones y lo que se sume a esta lista?
NOSOTRAS CREEMOS ROTUNDAMENTE QUE SI.
Es más, creemos que es la intención de esta DTRG desde el
principio, como una estrategia para llevarnos algún día a una firma y
aceptación de los ERTE. Esto es algo a lo las trabajadoras nos hemos negado
hasta ahora, con gran sabiduría, pero que si seguimos poniendo herramientas en
nuestra contra, quien sabe si podría llegar.
Es por esto, por lo que ESK defendió el NO a estos “sin
acuerdos” en la votación de la última asamblea, aunque, aun así, decidimos
respetar el resultado de la asamblea y sumarnos a un acuerdo a punta de “o firmáis
todas o no hay complementos”.
Por todo esto, os informamos de lo que está pasando y de lo
que creemos que puede pasar y os pedimos una gran reflexión y echar la vista
hacia el horizonte, evaluando las posibles consecuencias a largo plazo, de las
decisiones que tomamos como plantilla.
Hoy tenemos asamblea de ESK TRGA a las 15:30 en la sala del
comité (frio) y mañana, tendremos reunión con la dirección (teóricamente la que
finaliza el período de consultas).
La negociación está todavía en marcha, por lo cual, todavía hay
tiempo de hacer las cosas lo mejor posible.
ESPERAMOS QUE ASÍ LO HAGAMOS Y NO CEDAMOS MÁS TERRENO A LA
ÚNICA CULPABLE DE QUE CADA VEZ TENGAMOS MENOS PARO Y DE QUE NUESTROS SALARIOS
SE VEAN MERMADOS: LA EMPRESA TUBOS REUNIDOS.
miércoles, 10 de julio de 2024
PRORROGA DEL ERTE 2024: 2ª REUNIÓN DEL PERIODO DE CONSULTAS (10/07/2024)
Como ya sabéis todas, la DTRG ha iniciado el lunes 8 de julio de 2024, un periodo de consultas, con la intención de prorrogar el ERTE actualmente vigente, durante 5 meses más (de agosto a diciembre).
El lunes, únicamente se constituyó la mesa negociadora y se
trasladó a la DTRG, que el comité, por unanimidad, entiende que el acuerdo de
no impugnación, a cambio de complementación salarial, del ERTE anterior, seguía
vigente al ser el mismo ERTE.
Hoy, 10 de julio, hemos tenido la primera reunión de
negociación, propiamente dicha, en la cual se ha dado contestación a algunas
consultas planteadas por la parte social sobre la afectación en el ERTE
anterior por departamentos y sobre las diferencias de personal afectado por
categorías profesionales respecto al ERTE anterior.
Para lo primero, nos han pasado una tabla con los porcentajes
de afectación por departamentos, sobre el máximo estipulado en el ERTE anterior
(25% en UEFA y 50% en el resto).
Para lo segundo, nos dicen que no se puede explicar adecuadamente, porque los criterios de segregación por las categorías requeridas para el expediente, no son las usadas en fabrica y se han hecho con criterios distintos.
Nosotras, no entendemos por qué no se ha usado el mismo criterio de categorías profesionales en todos los ERTE, cuando llevamos ya 9, más la prórroga (deberíamos ser expertos ya, en esta gestión…). Consultaremos este asunto con nuestros asesores.
Se hacen unas cuantas variaciones en los calendarios, que
publicaremos cuando sean definitivos (añadir letra C en el de laboratorio mecánico,
añadir a mantenimiento mecánico de acería en su calendario, añadir flejado nave
1 a su calendario).
Se pide un calendario específico para DIA UEFA, que vaya en
consonancia con el de producción (3R). A esto dicen que lo estudiarán y
contestarán.
Se pregunta, qué se va a hacer si a alguna trabajadora se le
acaba el paro, a lo que contestan, que lo estudiaran cuando se dé un caso con
las trabajadoras que estén en dicha situación.
Se expone, que hay eventuales que han terminado su contrato
por interinidad durante el ERTE anterior y que, al iniciar el siguiente
contrato de interinidad, no se les ha aplicado el ERTE a efectos de cobro del
SEPE, pero si se les ha mandado a casa, por lo que no han cobrado esos días.
La empresa dice que tiene constancia y que se ha aplicado de
forma distinta, dependiendo de la delegación territorial del SEPE.
Desde la parte social, hemos expuesto, que, si se inicia un
contrato de interinidad dentro de un ERTE ya en marcha, igual lo que no debería
es ir al paro esa trabajadora.
Dicen que lo van a consultar.
Acabadas las consultas, la DTRG hace entrega de una
PROPUESTA DE ERTE CON ACUERDO (implica asumir y avalar las causas):
En ella, lo que más ha llamado la atención al comité, ha
sido el nuevo planteamiento que proponen para la aplicación de las vacaciones,
que es muy distinto a lo aplicado en ERTEs anteriores, pues exige que las
trabajadoras, firmemos de manera individual nuestra decisión entre estas tres
posibilidades, para el disfrute de las vacaciones no generadas por el ERTE, que
tuvimos desde septiembre de 2023 a febrero de 2024:
Opción 1: Trabajar en Agosto esos días no generados.
Opción 2: Canjear esos días por días de libre disposición.
Opción 3: Pedir por escrito que se nos aplique un permiso NO
retribuido para esos días.
Esto supone, que todas las trabajadoras vamos a tener o que
trabajar en agosto (gastar días de libre disposición en agosto también equivale
a trabajar esos días a efectos prácticos) o renunciar a esos días por escrito
de manera voluntaria, con un permiso NO retribuido.
Desde nuestra parte, como ESK, hemos dejado claro que nos parece que, si esto no se ha aplicado en los 9 ERTEs anteriores, no entendemos la necesidad de estos acuerdos personales en esta prorroga.
Si vemos, malpensadas que somos, una intención, por parte de la empresa, de conseguir "laboralizar" las vacaciones y de sacar voluntarios casi forzosos en este mes de
agosto, ya que la trabajadora que no se acoja a las opciones 2 y 3 por escrito,
se entenderá, por esa lógica, que TIENE OBLIGACIÓN DE TRABAJAR ESOS DIAS EN
AGOSTO, por lo que su falta al trabajo será considerada como injustificada (de
lo cual, conocemos todas las consecuencias).
Comentar, que los calendarios de ERTE tienen todos
vacaciones en agosto y no hay días estipulados para la producción.
De hecho, proponer tan siquiera, que se trabaje en agosto,
cuando ese mes y los siguientes estamos afectadas por un ERTE por causas
productivas, es ir en contra de lo que ellos mismos proponen.
Finalmente, en un receso y tras debatir sobre esta
propuesta, el comité la ha rechazado por unanimidad.
Una de las consultas que hemos hecho desde ESK, ha sido la
siguiente:
En resumen, no entendemos cómo se puede tener tanta jeta,
como para plantear un ERTE de marzo a julio, por malas previsiones, para llegar a mayo,
decir en prensa y a los accionistas, que las previsiones son de mejora en el segundo semestre (entre un 30% y un 40% de aumento de cartera de pedidos), pero, aun así, plantear
una prórroga del ERTE.
Queda claro que, haya millones de beneficios o buenas o malas
previsiones, la plantilla de TRG nos vamos a comer ERTE tras ERTE con patatas,
pagando así su baile continuo con los famosos mercados,…
Creemos que, como plantilla, nos debemos hacer las siguiente preguntas:
¿Seguiremos tragando ERTE tras ERTE, cediendo algo en cada "acuerdo de no acuerdo"?
¿Terminaremos por asimilar tanto el acuerdo, que terminemos
aceptando un ERTE finalmente?
Esperaremos a que nos conteste la DTRG a nuestra consulta.
Lo que si tenemos claro es, que un "acuerdo de no acuerdo" que se firma como un mero compromiso de no demanda de impugnación judicial, que ni tan siquiera ha llegado a ser oficial (ellos dicen "privado") y que ha quedado guardado en los cajones del comité y la DTRG (no se adjuntó al expediente, que fue a la Delegación de Trabajo, por no ser algo aceptable en un expediente de un ERTE, precisamente), no debería ser necesario volver a ser negociado y firmado en una prorroga del mismo ERTE para el que se firmó.
De hecho, la impugnación judicial del ERTE, que es lo que
pretende evitar el acuerdo, solo se puede hacer los 20 días siguientes a la
finalización de período de consultas, por lo que nadie, ni sección sindical, ni
comité, ni trabajadora alguna, podría impugnar el ERTE fuera de ese plazo, que,
finalizando el período de consultas el día 12 de julio, implicaría solo que no
se registrase una demanda de impugnación desde ese día, hasta el día 1 de
Agosto.
Nos parece que, en este caso, nuevamente, la DTRG nos quiere
hacer el lio y sacar partido a una nueva negociación…
Para terminar, os informamos, que la sección sindical ESK,
tendremos una asamblea mañana 11 de julio, a las 15:30, en la cual sopesaremos
los diferentes escenarios posibles y decidiremos nuestra postura como sección
sindical.
miércoles, 19 de junio de 2024
Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo (Real Decreto 665/1997)
Por la presente, os informamos, que ya tenemos fecha para el juicio sobre la demanda interpuesta por el sindicato ESK, en el que sé reclama a TRG el cumplimento INTEGRO del RD 665/1997 (Protección de los trabajadores, contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo).
La empresa cumple parte de esa normativa en estos momentos,
para toda la plantilla del taller, pero sé salta algunos aspectos de la misma,
de los cuales, el mas reseñable es, que los aseos antes del descanso (en
jornada continuada), de la comida (en jornada partida) y del fin de jornada (para
todas), deben realizarse dentro de la propia jornada y ser computados como
tiempo de trabajo.
Este RD asigna 10 minutos para cada aseo:
“Los trabajadores identificados
en la evaluación de riesgos como expuestos dispondrán, dentro de la jornada
laboral, del tiempo necesario para su aseo personal, con un máximo de 10
minutos antes de la comida y otros 10 minutos antes de abandonar el trabajo.
Este tiempo en ningún caso podrá acumularse ni utilizarse para fines distintos
a los previstos en este apartado”.
En Trapaga, el sindicato ESK interpuso también está misma
demanda, habiendo ganado ya, tanto en primera instancia, como el recurso de la
empresa en el TSJPV.
Ahora nos toca no ser menos y conseguir que TRG cumpla con
esta normativa, también en Amurrio.
Compartimos las sentencias obtenidas para el centro de
Trapaga con vosotras:
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